Castañeda dice que gastó 22 mil, para ONPE fueron S/.6 millones
Castañeda dice que gastó 22 mil, para ONPE fueron S/.6 millones
Redacción EC

, partido que lidera  y con el cual fue recientemente electo alcalde de Lima, se quedó bastante corto a la hora de reportar ante la (ONPE) sus gastos en publicidad electoral en la campaña de las .

Según informó hoy la ONPE, Solidaridad Nacional reportó como gastos de campaña la suma de S/.22.003 nuevos soles, y como ingresos para el último proceso electoral S/. 197.600, hasta agosto último.

No obstante, según el resultado de la labor de supervisión de publicidad en TV, radio, prensa y publicidad exterior que este organismo encargó a una empresa especializada en monitoreo de medios, el desembolso solo en publicidad habría sido de S/. 6'145.917 nuevos soles.

Dicho monitoreo se llevó a cabo entre el 1 de agosto y el 2 de octubre de este año, lapso de tiempo en que los candidatos pueden contratar espacios para publicidad electoral en medios.

Incluso, el órgano electoral recopiló comprobantes de pago proporcionados por los mismos medios de comunicación (27 empresas de televisión, radio y prensa) emitidos hasta el 30 de setiembre último: De esta manera, la ONPE logró verificar que la agrupación de Castañeda gastó al menos S/.1.905,385 para su campaña en Lima.

En la víspera venció el plazo para que los partidos y agrupaciones políticos presenten el cuarto reporte financiero de campaña. Solidaridad Nacional no cumplió con esta última entrega. ¿Lo hará en los siguientes días para sustentar el millonario gasto que ONPE ha estimado?

Según indicó Roberto Mostajo, jefe del Área de Normativa y Regulación de Finanzas Partidarias de la ONPE, la información obtenida con el monitoreo que realizó este organismo, "será contrastada con aquella que brinden los medios de comunicación y hayan presentado las organizaciones políticas".

Una vez que el órgano electoral verifique el reporte financiero entregado por los partidos, emitirá un informe, en el cual se pueden hacer obsevaciones que tendrán que ser subsanadas por cada agrupación.

QUÉ DICE LA LEY
El artículo 36 de la Ley de Partidos Políticos sanciona, previo informe de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios de la ONPE, con la pérdida del financiamiento público del Estado, cuando el partido político no cumpla con presentar la contabilidad detallada de los ingresos y gastos anual hasta el 30 de junio del año siguiente.

También se aplica una multa cuando se acredite que el partido haya recibido ingresos de fuente prohibida, o que la información de la contabilidad de ingresos y gastos anual, haya sido omitida o adulterada intencionalmente. La multa será equivalente a no menos de diez ni más de cincuenta veces el monto de la contribución recibida, omitida o adulterada.

La ley señala como fuente prohibida cualquier entidad de derecho público o empresa de propiedad del Estado o con participación en este; confesiones religiosas de cualquier denominación; partidos políticos y agencias de gobiernos extranjeros, excepto cuando los aportes estén destinados a la formación, capacitación e investigación. Los candidatos no pueden recibir donaciones directas de ningún tipo, sino con conocimiento de su partido.

Asimismo, se aplica una multa cuando se acredite la existencia de contribuciones individuales o aportaciones anónimas superiores a los topes establecidos (treinta Unidades Impositivas Tributarias al año).

En estos casos la multa no podrá ser menor de diez ni mayor de treinta veces el monto de la contribución recibida por la organización política.

Las resoluciones de sanción pueden ser impugnadas ante el Jurado Nacional de Elecciones, que resuelve en última instancia.