La abogada Giulliana Loza participó en el segundo día de revisión de la prisión preventiva planteada por el fiscal José Domingo Pérez contra su defendida. (Foto: El Comercio)
La abogada Giulliana Loza participó en el segundo día de revisión de la prisión preventiva planteada por el fiscal José Domingo Pérez contra su defendida. (Foto: El Comercio)
Redacción EC

La abogada de , , aseguró este jueves que la ex candidata presidencial “no merece ni un día, hora o minuto de prisión preventiva”, al considerar que la fiscalía no ha logrado acreditar peligro de fuga, obstaculización de la justicia y falta de arraigo en el Perú de su defendida.

“No merece ni un día, ni hora, ni un minuto de prisión preventiva”, aseguró en la audiencia en la que el juez Richard Concepción Carhuancho evalúa el pedido de 36 meses de prisión preventiva contra Keiko Fujimori formulado por el Ministerio Público.

Giulliana Loza sostuvo que los argumentos del fiscal José Domingo Pérez no resisten el menor análisis y, además, son inconstitucionales e ilegales.

Por ejemplo, mencionó que vivir en una casa alquilada no puede ser esgrimido como un argumento para advertir un peligro de fuga, pues si fuera así la gran mayoría de peruanos que vive en vivienda rentada, estaría bajo sospecha.

Asimismo, cuestionó que el Ministerio Público afirme que estar casada con un ciudadano estadounidense, tener suegros y amigos en el extranjero, así como haber estudiado fuera del país, abone al peligro de fuga.

Mencionó que, si Keiko Fujimori tuviera la intención de fugarse, no habría acudido a las citaciones fiscales, incluyendo la del 10 de octubre en la cual fue detenida preliminarmente.

La abogada también consideró discriminatorio que el fiscal Pérez afirme que hay peligro de fuga debido a la ascendencia japonesa de Keiko Fujimori.

Respecto al arraigo laboral, Loza subrayó que está debidamente acreditado que su defendida cumple el rol de presidenta de Fuerza Popular, para lo cual presentó la documentación probatoria, como los certificados de trabajo.

“El fiscal no ha sido capaz de presentar algún elemento o hecho sólido que pudiera determinar la inexistencia de arraigos y no ha sido capaz de sustentar que había peligro de fuga y de obstaculización porque no hay, no existen”, sentenció.