El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Félix Chero, anunció este miércoles que el Consejo de Ministros aprobó un proyecto que plantea que el titular de la Procuraduría General del Estado sea elegido en concurso público y ya no sea designado por el Poder Ejecutivo.
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En conferencia de prensa, indicó que dicho concurso estará a cargo de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y destacó que con esta medida, se romperá con cualquier “subjetivismo” y posibilidad de crítica y cuestionamiento hacia el Ejecutivo.
“Hoy en el Consejo de Ministros hemos aprobado por unanimidad este proyecto de ley que establece que la Procuraduría General tenga que ser designada por concurso público y este concurso debe estar a cargo de la Junta Nacional de Justicia, que tiene a cargo la designación de jueces y fiscales de todos los niveles, y también de otros altos funcionarios del Estado”, expresó.
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“Esto nos va a permitir, además, que los procesos de remoción y sanción por falta grave estén también a cargo de la Junta Nacional de Justicia. Con esto se rompe cualquier subjetivismo y cualquier posibilidad de crítica y cuestionamiento de que sea el Ejecutivo que designe a este alto funcionario, que además defiende los intereses del Estado”, añadió.
Cabe indicar que en abril pasado la congresista Susel Paredes (No Agrupados) presentó un proyecto de ley que planteaba que la JNJ sea quien elija al titular de la Procuraduría General del Estado y declare la vacancia del cargo.
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Se trata de la iniciativa legislativa 1724/2021-CR, que propone modificar los artículos 140, 170 y 180 del Decreto Legislativo N° 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado.
En la propuesta se precisa que los miembros del Consejo Directivo son designados mediante resolución suprema, refrendada por el titular del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh). Ejercen el cargo por un periodo de 5 años.
También refiere que la vacancia del procurador general del Estado es declarada por la JNJ. La remoción por falta grave es resuelta en primera instancia por el Tribunal Disciplinario de la Procuraduría General del Estado, siendo impugnable ante la Junta que decide en instancia definitiva con el voto de los dos tercios del número legal de sus miembros.
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