Las organizaciones políticas que busquen inscribirse como partidos necesitarán contar con al menos 24.800 afiliados. Así lo oficializó ayer el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) a través de una resolución publicada en “El Peruano”.
La cifra equivale al 0,1% del padrón electoral de las elecciones congresales de enero del 2020.
Esta reemplazará al requisito de recolección de más de 700.000 firmas para inscribir un partido, y forma parte de la reforma política impulsada por el gobierno de Martín Vizcarra que fuera aprobada por el Congreso.
El politólogo Fernando Tuesta, quien presidió la Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política, señaló que la resolución del JNE “es importante y está en el marco de desarrollar reglamentariamente la ley [30995, publicada en agosto pasado]”.
“El JNE se estaba demorando mucho, pero felizmente ya lo ha aprobado […] en general está bien. Hay que buscar que los partidos se basen en afiliados y no en firmas, que lo único que hizo fue provocar y producir núcleos de corrupción”, añadió.
De los 24 partidos con inscripción vigente, solo 10 cuentan con más de 24.800 afiliados, entre ellos el PPC, Alianza para el Progreso, Acción Popular y el Apra [ver infografía].
Entre los que no alcanzan esa cantidad, se encuentran Fuerza Popular, que obtuvo la mayoría parlamentaria en las elecciones del 2016; y PpK (ahora Contigo), que llevó a la presidencia a Pedro Pablo Kuczynski.
Según fuentes del JNE, los partidos tendrán que adecuarse a las nuevas reglas.
El abogado José Tello, del Instituto Peruano de Derecho Electoral, aseguró que el nuevo requisito para la inscripción de un partido prioriza calidad antes que cantidad. En esa línea, explicó que “lo que normalmente ocurría era que un ciudadano apoyaba a un partido solo con su firma, pero ahora se tratará de un compromiso con el partido”.
En tanto, el abogado Alejandro Rospigliosi, experto en derecho electoral, señaló que la resolución “es un paso adelante al fortalecimiento de la democracia”.
-Movimientos regionales-
Las organizaciones que busquen inscribirse como movimientos regionales deberán contar con al menos el 1% de la cantidad de electores hábiles por región, en base al padrón electoral de las elecciones regionales y municipales del 2018.
Por ejemplo, en la circunscripción de Lima Metropolitana, el 1% de los electores es 72.837 y en la Libertad es de 13.727.