Juez ordenó que Nadine Heredia vuelva al Perú en máximo 10 días
Juez ordenó que Nadine Heredia vuelva al Perú en máximo 10 días
Redacción EC

El juez Richard Concepción Carhuancho rechazó anoche la solicitud del fiscal Germán Juárez Atoche para que  cumpla prisión preventiva y que ya no esté sometida a un régimen de comparecencia restringida.

La ex primera dama es investigada por presunto lavado de activos a raíz de los aportes que recibió el Partido Nacionalista Peruano (PNP) en las campañas electorales del 2006 y el 2011, en las que su esposo, el ex presidente Ollanta Humala, fue candidato.

El titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, sin embargo, también denegó el pedido de la defensa de Nadine Heredia, a cargo del abogado Eduardo Roy Gates, para que ella firme cada 30 días el registro de control biométrico en Ginebra (Suiza). Esa es una de las medidas restrictivas que tomó la sala a pedido del fiscal Juárez Atoche.

Además, el magistrado Concepción Carhuancho ordenó que la ex primera dama retorne al Perú en un plazo de 10 días naturales, computados a partir de hoy (25 de noviembre del 2016). Por lo tanto, deberá estar en el Perú, como máximo, el día 4 de diciembre.

"Caso contrario, [a Nadine Heredia] se le revocará la medida de comparecencia restringida por una más gravosa, como la de prisión preventiva", agregó durante la lectura de la resolución.

Nadine Heredia se encuentra actualmente en Italia, donde se prepara para asumir su nuevo cargo como jefa de la Oficina de Enlace en Ginebra de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO).

Tomando en cuenta lo establecido por el juez Concepción Carhuancho, deberá firmar nuevamente el registro el próximo 21 de diciembre. 

Tras la lectura de la resolución, el fiscal Germán Juárez Atoche comunicó al juez que apelará la decisión en lo referido a la denegación de cambio de régimen de comparecencia restringida por el de prisión preventiva.

Por su parte, la defensa de Nadine Heredia anunció que apelará la determinación referida al rechazo del pedido de firma mensual en el extranjero, así como el requerimiento de que retorne al Perú en un plazo máximo de 10 días naturales.

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