Proponen crear delito de sicariato: ¿Qué tanto servirá?
Proponen crear delito de sicariato: ¿Qué tanto servirá?
Gerardo Caballero

La bancada de Unión Regional ha presentado un proyecto de ley para incluir en el Código Penal el delito de sicariato, el cual –de acuerdo a la propuesta– sería castigado con una pena de cárcel mayor de 20 años.

De acuerdo a su autor, el parlamentario Norman Lewis, esta es la respuesta ante el aumento de homicidios por encargo y el incremento de la inseguridad ciudadana.

El proyecto plantea incorporar el literal C en el artículo 108 del Código Penal, donde se explica el delito de homicidio agravado: “El que mata a otro por encargo, acuerdo, orden de una persona y organización criminal o de cualquier otra naturaleza similar, a cambio de una promesa o pago de un precio o remuneración económica, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 20 años”.

También se menciona que recibirán una pena mayor a 25 años quien utilice a menores de edad para cometer el delito y quienes encarguen la ejecución.

Precisamente hoy, el ministro del Interior, José Luis Pérez Guadalupe, consideró necesario . "Así como sucedió con la tipificación del feminicidio, queremos que se haga lo mismo con el sicariato a fin de castigar con penas más severas ese delito", remarcó.

ANÁLISIS PENAL
¿Pero qué tan pertinente o útil es esta iniciativa legislativa? “El sicariato no es un delito: es una modalidad del asesinato, que ya está regulado. No es necesario crear una figura penal adicional”, opina la abogada penalista Romy Chang Kcomt

El artículo 108 del Código Penal, menciona Chang, señala como unos agravantes del homicidio simple (que aparece en el artículo 106) el lucro, que está penado con más de 15 años de cárcel (y menos de 35, como todas las penas).

Similar parecer tiene el abogado Carlos Caro Coria: ““Este proyecto no aporta nada. El homicidio por lucro está es un delito viejísimo que viene del siglo XIX”.

El penalista señala que los jueces suelen aplicar a los sicarios penas que van entre 30 y 35 años. “La jurisprudencia en casos graves de asesinatos tiende a pena máxima”, enfatiza.

Romy Chang también recuerda que el que contrata al sicario de los considera instigador, y recibe por ello una pena que va entre los 15 y 35 años de prisión.

Carlos Caro menciona que encarcelar a quienes involucran a menores de edad en estos crímenes tampoco es una novedad, porque el artículo 46 del Código Penal señala los agravantes, uno de los cuales es involucrar a menores de edad.

Para ambos, el delito de sicariato podría generar confusión en la aplicación de las penas, tal como, sostiene, sucede como el feminicidio. Romy Chang lo explica de esta manera: "Fue una norma populista. El feminicidio sanciona a quienes matan a una mujer por el hecho de serlo. El problema es que siempre existe una razón, como los celos. Para aplicarlo, los jueces no se fijan en ese requisito".

LEGISLACIÓN COMPARADA
Brasil es el país, según el Barómetro de las Américas, con la tasa de homicidios más alta en la región: El 51,1% asegura que sabe de una asesinato ocurrido en su vecindario en los últimos 12 meses.

El Código Penal de Brasil establece el sicariato (quien asesina mediante el pago o promesa de recompensa u por otro motivo) como una forma de homicidio calificado, que ese país sanciona con penas de 12 a 30 años de cárcel.

En el caso de Colombia, el homicidio "por precio, promesa remuneratoria, ánimo de lucro o por otro motivo abyecto o fútil" es considerado agravado, y recibe una condena de 25 a 40 años de prisión.

Por ello, los penalistas que consultamos miran con recelo el proyecto para crear el delito de sicariato. "Esta propuesta es una ley penal simbólica. Pretende dar el mensaje de que se está haciendo algo, pero en términos reales y prácticos, no soluciona nada”, dijo Carlos Caro.

“Es un ‘engañamuchachos’. En el Congreso utilizan al derecho penal como una herramienta para conseguir votos”, remata Chang.