Keiko Fujimori y su esposo Mark Villanella serán investigados bajo los términos de la Ley de Crimen Organizado, decidió la fiscalía. (Video: El Comercio)
René Zubieta Pacco

Desde han sido sonoras las críticas a la decisión del fiscal José Pérez de investigar a y su esposo Mark Villanella bajo la vigente Ley de Crimen Organizado (Ley N° 30077) y el Nuevo Código Procesal Penal.

¿Pero qué implica esta decisión? En principio, cabe recordar que el fiscal investiga a la lideresa del partido Fuerza Popular por el delito de lavado de activos a raíz del Caso Odebrecht y por los supuestos aportes irregulares que la organización política habría recibido para la campaña electoral del 2016.

El abogado penalista Carlos Caro explicó a El Comercio que la calificación de un caso como crimen organizado depende de la fiscalía y no está sujeta a control judicial. Además, en la práctica, no necesariamente se hace un sustento de por qué se ha calificado así.

Es así que, si es que no lo ha hecho ya en su disposición, el fiscal tendrá que establecer a futuro si existe una organización criminal y detallar en qué consiste. “En sentido estricto debería implicar que la fiscalía identifique en qué consiste la organización criminal, quiénes son los cabecillas, financistas, quiénes ven el aparato legal, las cuestiones operativas. Tendría que establecer el organigrama”, indicó el especialista.

—Consecuencias—
Caro apuntó también que, bajo los términos de la Ley de Crimen Organizado, el fiscal puede tener un plazo de investigación hasta de 36 meses.

“La consecuencia, aparte del plazo de hasta 36 meses, es que el fiscal va a tener mucha más facilidades y va a ser más rápido que pueda levantar el secreto bancario, tributario y bursátil, pueda aplicar medidas restrictivas para los actos de investigación —como allanamientos o incautaciones—. Es más fácil que el juez se las de bajo el rótulo de crimen organizado”, comentó.

Otro aspecto a tomar en cuenta, dijo Caro, es que los sujetos obligados a la prevención de lavado de activos tomen con mucha más seriedad las operaciones bancarias que puedan realizar a futuro. “En el caso de Keiko, ella es un personaje expuesto políticamente, lo cual implica que las actividades bancarias que ella pueda realizar van a ser doblemente observadas por los bancos”, señaló a este Diario.

—Respuesta desde el fujimorismo—
Más temprano, en diálogo con El Comercio, el vocero de la bancada fujimorista Daniel Salaverry calificó la decisión fiscal como “una jugarreta de la fiscalía para ganar tiempo, ampliar el plazo y poder continuar con esta campaña de desprestigio, demolición”, contra Keiko Fujimori.

“¿Quién en su sano juicio puede creer que Keiko y su esposo lideran una organización criminal. No tiene sentido”, manifestó Salaverry.

Por su parte, en declaraciones a la prensa en el Congreso, la congresista Úrsula Letona criticó que el fiscal recurra a otra figura legal. “Ya no es Keiko actuando sola, la que comete los delitos, sino que ahora lo hace asociada. Eso es de verdad escandaloso, ridículo, preocupante en un estado de derecho”, dijo.

Refirió además que el fiscal ha dictado una resolución sin mayores motivos, pues el sustento de esa medida debería de tener algo de probabilidad. “No ha hecho ninguna mención a algún elemento adicional que le haya permitido colegir que no se cometieron los ilícitos en forma individual, como Keiko Fujimori, sino a través de una banda. Esa vinculación entre la individualidad y el accionar en banda debió reflejarse en la resolución y eso no existe […] El único indicio contra Mark Vito es que es esposo de Keiko Fujimori, según la resolución”, cuestionó Letona.

El fiscal también ha pedido, vía cooperación internacional, información sobre LVF Liberty Institute, ONG constituida en Estados Unidos que en diciembre del 2015 hizo un aporte a Fuerza Popular de S/ 220.608, según información de la Oficina General de Procesos Electorales (ONPE).

DATO
La Ley N° 30077 considera organización criminal a “cualquier agrupación de tres o más personas que se reparten diversas tareas o funciones, cualquiera sea su estructura y ámbito de acción, que, con carácter estable o por tiempo indefinido, se crea, existe o funciona, inequívoca y directamente, de manera concertada y coordinada, con la finalidad de cometer uno o más delitos graves” señalados en la misma norma. Entre ellos está el de lavado de activos, que es por el que se investiga a Keiko Fujimori.