Michael Urtecho fue desaforado por el Congreso en el 2013 e inhabilitado por 10 años. (Foto: Archivo El Comercio)
Michael Urtecho fue desaforado por el Congreso en el 2013 e inhabilitado por 10 años. (Foto: Archivo El Comercio)
René Zubieta Pacco

En su momento, llegó a ser una figura política destacada, llegando incluso a formar parte de la Mesa Directiva del Congreso de la República. Obtuvo una curul en el 2006 con Unidad Nacional y fue reelecto en el 2011 con Alianza Solidaridad Nacional, en ambas ocasiones representando a La Libertad. Pero su declive empezó en el 2013, cuando fue desaforado por dos acusaciones: recortar del 2006 al 2013 sueldos, gratificaciones, bonificaciones y liquidaciones de cuatro de sus trabajadores en el Parlamento (también se quedó con el 100% de sus asignaciones por refrigerio) y adueñarse de donaciones de una ONG para discapacitados de la cual fue miembro.

Quien fuera presidente de la Comisión Especial de Discapacidad del Congreso, hoy enfrenta un juicio oral con dos delitos imputados: concusión y enriquecimiento ilícito. Según el Código Penal, el primero se refiere a un funcionario o servidor público que “abusando de su cargo, obliga o induce obliga o induce a una persona a dar o prometer indebidamente, para sí o para otro, un bien o un beneficio patrimonial”. El segundo, al incremento ilícito del patrimonio del funcionario respecto de sus ingresos legítimos.

El Ministerio Público le imputa haberse aprovechado de su cargo político en el Estado, el liderazgo en la iglesia evangélica Agua Viva y de su discapacidad para enriquecerse. Asimismo, haber obligado a siete de sus ex trabajadores a entregarle parte de sus sueldos bajo la amenaza de despido, ello entre los años 2006 y 2013, mientras era legislador.

Por esos cargos, la fiscalía ha pedido 24 años de cárcel para Urtecho y 22 para su esposa Claudia González Valdivia, acusada —además de los delitos mencionados— por apropiación ilícita y lavado de activos. Mientras tanto, la procuraduría demanda S/ 3’368.000 como reparación civil.

—Lo que establece el Código Penal—
La norma es clara. El delito de concusión que se imputa a Michael Urtecho se sanciona en el Perú con una pena de 2 a 8 años de cárcel.

Y el otro delito imputado, enriquecimiento ilícito, se agrava considerando que Urtecho fue funcionario público y estuvo sometido a la prerrogativa del antejuicio y acusación constitucional. Bajo ese lineamiento, la pena contemplada es no menor de 10 ni mayor de 15 años.

Penalistas consultados por este Diario refirieron que los 24 años solicitados obedecen a la suma de eventuales penas por los delitos imputados.

—Un caso particular—
Cabe apuntar, sin embargo, que el caso de Urtecho es singular. Se trata de una persona con una discapacidad física, pues padece de hipotonía muscular, una enfermedad que reduce la fuerza muscular. Esas condiciones le impiden sostenerse y hasta necesita asistencia para sus actividades diarias.

Para el penalista Luis Lamas Puccio, el pedido de la fiscalía es precisamente excesivo para una persona de la condición de Urtecho. “Él no puede estar recluido en un penal, necesita 24 horas de asistencia médica muy especializada, porque es propenso a las infecciones. Por eso le dieron comparecencia con arresto domiciliario. Creo que hay un intento de cumplir con una formalidad, pero la pena también tiene un sentido humanitario. En esos términos, me parece una pretensión desproporcionada”, comentó a El Comercio.

En este caso, además, el análisis de la razonabilidad y proporcionalidad de la pena tendrá que ver, acota Lamas Puccio, con los alegatos de la defensa, los argumentos de la fiscalía, la declaración del imputado, su colaboración y aceptación de responsabilidad.

Sin embargo, para el penalista Enrique Ghersi, la pena solicitada por la fiscalía sí se justifica, pues se trata de imputaciones delicadas. “Son delitos muy graves con el agravante adicional de que son en perjuicio de discapacitados. Eso explica lo duro de la solicitud del fiscal”, dijo a este Diario.

Ghersi apunta además que la pena solicitada es tan dura por el agravante de haber sido funcionario público y haber agraviado a discapacitados.

“El juez decide. No puede poner más, pero sí menos. Es difícil que su condición de salud sea considerada para reducir la pena existiendo tantos agravantes. Creo que el juez podría, al contrario, considerarlo como otro agravante genérico: siendo él mismo discapacitado era perfectamente consciente del daño que estaba causando”, consideró.

Finalmente, para el penalista Mario Amoretti, la discapacidad de Michael Urtecho sería un problema para la efectividad de la pena. “Imponer una pena efectiva sería una situación inédita”, sostuvo.

—Otros delitos con penas altas—
De todos modos, el panorama es complicado para Urtecho. La pena que podría recibir es similar a la impuesta en otros casos.

Por ejemplo, el asesinato a cuchillazos de un policía del grupo Terna en febrero del 2016 derivó en una pena de 24 años de cárcel para uno de los procesados, al otro le impusieron 30. En noviembre de este año, un ex instructor de un gimnasio en Piura fue condenado a 25 años de cárcel por violación sexual en agravio de una menor de 13 años.

Asimismo, penas de 25 años también se han dado en casos de terrorismo. Las senderistas Martha Huatay y Maritza Garrido Lecca cumplieron ese tiempo de prisión y salieron libres este año. En cuanto al narcotráfico también se han dado condenas que superaron los 20 años, como el caso de Demetrio Chávez Peñaherrera ‘Vaticano’, quien el 2016 abandonó la cárcel tras purgar una pena de 22 años (había sido condenado a 25, pero se la redujeron en el 2007).