PPK indicó que el Ejecutivo ha contratado a una firma de abogados en EE.UU. que guíe al sistema jurídico peruano. (Foto: Reuters)
PPK indicó que el Ejecutivo ha contratado a una firma de abogados en EE.UU. que guíe al sistema jurídico peruano. (Foto: Reuters)
Redacción EC

La Comisión de Constitución del Congreso llegó a la conclusión de que el presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski (), a pesar de su investidura, está en la obligación de comparecer ante una comisión investigadora, como lo es el grupo de trabajo a cargo del Caso Lava Jato.

No solo eso, sino que también consideran viable que el mandatario sea investigado por hechos que ocurrieron antes de que asumiera el cargo en Palacio de Gobierno.

- País presidencialista -

"El informe que aprobó hoy la Comisión de Constitución es bastante discutible porque dice que el presidente, quien tiene un trato especial, está sujeto a requerimientos de comisiones investigadoras y eso, en un sistema como el nuestro, no es exacto", dijo a El Comercio el abogado constitucionalista Samuel Abad.

Destacó que, en el Perú, hay un régimen "presidencialista" donde el mandatario tiene "mucho poder y poco control".

"El modelo ha hecho que el presidente tenga inmunidad y solo pueda ser acusado e investigado por supuestos de excepción. Tiene un trato especial porque es jefe de Gobierno, de Estado. Porque personifica a la Nación y porque estamos en un modelo presidencial", manifestó.

El artículo 117 de la Constitución señala que solo se puede acusar, en su periodo, a un presidente "por traición a la Patria; por impedir elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso (salvo en casos previstos en el artículo 134) y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral".

- ¿Por qué citarlo? -

Esto no exime al presidente de tener que responder a una comisión investigadora, ya que la Constitución no hace excepciones en ese sentido. "Lo que ocurre es que tiene un trato especial. Se puede estar en desacuerdo, pero habría que reformar la Carta Magna", concluyó Abad.

Raúl Ferrero, otro constitucionalista, también opinó que el mandatario no tendría por qué responder a una comisión investigadora en persona.

"Todos los funcionarios públicos tienen que responder. No es que el Presidente de la República no pueda comparecer. Pero tampoco puede ser procesado. Entonces, ¿para qué va a comparecer si no puede ser denunciado?", manifestó en contacto con El Comercio.

- Congreso no es juez -

Mientras tanto,  Víctor García Toma, ex presidente del Tribunal Constitucional, descartó que estas consideraciones puedan traducirse en "impunidad" a favor del presidente de la República.

"Esto no significa que el presidente no deba hablar sobre asuntos de interés público porque así lo exige el Nuevo Código Procesal Penal ante un juez. El ordenamiento señala que sí deberá recibir a autoridades judiciales para casos como Lava Jato", aseguró.

En ese sentido, recordó que las comisiones investigadoras del Congreso no tienen una labor de tipo judicial. "No tienen que buscar la verdad de algo, sino conocer una problemática y develar los remedios de orden legislativo que puedan darse. Una investigación de actos delictivos corresponde a la fiscalía", añadió.

- La contradicción -

Los constitucionalistas recordaron que, en febrero de este año, la misma Comisión de Constitución bajo la presidencia de otro fujimorista, Miguel Torres, llegó a una conclusión completamente opuesta a la de hoy.

En el Informe de Opinión Consultiva N°01-2016-2017 se lee en la primera conclusión: "Están exceptuados de concurrir a una Comisión Investigadora el presidente de la República, en tanto que solo procede investigarlo y acusarlo cuando medien los supuestos del artículo 117 de la Constitución, y los congresistas".

"Pueden haber aprobado un informe hoy, pero eso no significa que sea correcto o indiscutible. El Congreso puede aprobar una ley que sea inconstitucional. No está exenta de cuestionamiento o de control", recordó Abad, destacando que la opinión de la comisión no es concluyente.

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