Los miembros del TC en la audiencia de ayer en Arequipa. Su titular, Ernesto Blume, dijo que su organismo resolverá con objetividad. (Foto: Consejo de la Prensa Peruana)
Los miembros del TC en la audiencia de ayer en Arequipa. Su titular, Ernesto Blume, dijo que su organismo resolverá con objetividad. (Foto: Consejo de la Prensa Peruana)
Mario Mejía Huaraca

Los magistrados del (TC) dejaron al voto las demandas de inconstitucionalidad contra la en los medios privados. Ahora evaluarán los argumentos expuestos ayer y se pronunciarán en un plazo no mayor de 30 días.

En audiencia pública realizada en Arequipa, el procurador en temas constitucionales Luis Alberto Huerta sustentó la demanda interpuesta por el Ejecutivo. Reiteró que la norma viola derechos fundamentales de los ciudadanos.

“Esta norma, al restringir al Estado la posibilidad de informa sus acciones a través de los medios privados, limita a las personas a recibir información y eso es violatorio a la Convención Interamericana de Derechos Humanos”, indicó.

El procurador agregó que actualmente el Gobierno no puede ejecutar campañas ministeriales contra las heladas y la violencia contra la mujer en medios privados, pues la norma lo impide.

El legislador oficialista Gilbert Violeta, quien el 20 de junio también presentó una demanda de inconstitucionalidad contra la citada ley, argumentó que “hay una clara vulneración a los derechos de los ciudadanos a informarse”.

Igualmente, aseveró que esa ley “es la materialización de una amenaza que hizo [el ex presidente del Congreso] Luis Galarreta, cuando dijo que se iban a tomar medidas contra ‘la prensa mermelera’, por las críticas de esta”.

En la audiencia también participó la parlamentaria oficialista Patricia Donayre, quien expresó que la norma vulnera la libertad de expresión “al incurrir en una censura indirecta al silenciar a los medios”. Afirmó que, si los impulsores de la norma buscaban perjudicar a los medios más grandes, se equivocaron, “pues los más afectados han sido las radios comunitarias”.

La parlamentaria sostuvo, además, que se afecta el derecho a la igualdad, pues no se da el mismo trato a todos los medios. “La ley permite difundir la publicidad a través de los medios estatales pero no a través de los privados”, señaló.

A su turno, Mauricio Mulder dijo que la norma, que él promovió en el Congreso, “no vulnera ningún derecho fundamental de los ciudadanos”. Consideró que se trata de un mecanismo “para evitar que el Estado tenga tentación de usar dinero público para sojuzgar a los medios de comunicación”.

El legislador aprista añadió que la ley en cuestión no vulnera la libertad de prensa. “Lo único que hace es ahorrar ingentes dineros del Estado”, expresó.

El presidente de TC, Ernesto Blume, anunció que su organismo resolverá “con serenidad, prudencia y objetividad, garantizando los derechos fundamentales y la Constitución”.

Patricia Donayre sustenta la demanda de inconstitucionalidad de la Ley de Publicidad Estatal ante el Tribunal Constitucional en Arequipa. (Foto:Zenaida Condori / El Comercio)
Patricia Donayre sustenta la demanda de inconstitucionalidad de la Ley de Publicidad Estatal ante el Tribunal Constitucional en Arequipa. (Foto:Zenaida Condori / El Comercio)

—Nota de la relatoría—
La Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos hizo llegar al TC una nota técnica en la que se pronuncia sobre la norma.

En esta señala que la exclusión de los medios privados “es una medida desproporcionada e innecesaria” para eliminar la discrecionalidad y arbitrariedad en la distribución de la publicidad estatal.

También sostiene que la medida “resulta desproporcionada para el ejercicio de la libertad de expresión”. Agrega que limitar la publicidad solo a los medios estatales y redes sociales recorta y restringe el derecho del público a obtener dicha información gubernamental.

La relatoría especial precisa que una prohibición legal que afecta únicamente a los medios privados “constituye una medida discriminatoria que afecta la viabilidad de los medios de comunicación”.