Graña Miró Quesada viene siendo investigado en calidad de cómplice primario por el presunto delito contra la administración pública en la modalidad de colusión agravada. (Foto: Archivo El Comercio)
Graña Miró Quesada viene siendo investigado en calidad de cómplice primario por el presunto delito contra la administración pública en la modalidad de colusión agravada. (Foto: Archivo El Comercio)
Karem Barboza Quiroz

La Primera Sala Penal de Apelaciones ordenó la variación de la medida de prisión preventiva por la de comparecencia simple a José Alejandro Graña Miró Quesada y, en consecuencia, ordenó la inmediata liberación del empresario investigado por el Caso

Graña Miró Quesada viene siendo investigado en calidad de cómplice primario por el presunto delito contra la administración pública en la modalidad de colusión agravada, en agravio del Estado, en las pesquisas que se realizan por la licitación de los tramos 2 y 3 de la Carretera Interoceánica.

El empresario fue recluido en prisión en diciembre del 2017, luego de que el juez Richard Concepción Carhuancho resolviera que existía “un alto grado de probabilidad” de la comisión del delito y de un inminente peligro de fuga.

Sin embargo, según la resolución a la que accedió El Comercio, el tribunal superior revocó ese fallo al sostener que dicho “alto grado de probabilidad” no existió, pues “el investigado ha venido manteniendo hasta antes de su ingreso al penal, predisposición en coadyuvar con la investigación”.

Asimismo, la sala indica que no es razonable exigirle al investigado la acreditación de una actividad económica para demostrar el arraigo laboral.

La resolución señala que el investigado es una persona de 72 años, ya no es presidente del directorio Graña y Montero S.A.A.; además de haberse procedido a su remoción de los comités de la citada empresa y no contar con autorización alguna para su ingreso a ninguna de sus sedes.

“Acreditándose así con suficiencia no existir riesgo de fuga y menos aún de obstaculización de la investigación”, refiere el documento.

En consecuencia, los magistrados Inés Villa Bonilla, Sonia Torres Muñoz y Rómulo Carcausto Calla, procedieron a ordenar su liberación inmediata.

resolución de la Sala que libera al empresario José Alejandro Graña Miró Quesada
resolución de la Sala que libera al empresario José Alejandro Graña Miró Quesada

Otro de los puntos analizados por la sala se refiere a la imputación fiscal, señalando que el juez de primera instancia “ha construido” una imputación distinta a la que planteó el Ministerio Público “pese a no corresponderle a su función y rol en el proceso penal”.

Además, la sala indicó que “llama la atención” que se haya señalado en la resolución de prisión preventiva contra Graña Miró Quesada que estaría vinculado con una “presunta organización criminal, concretamente con la empresa denominada Odebrecht”; sin embargo la imputación fiscal “no le atribuye tal calidad”.

En diálogo con este Diario, el abogado Jorge Massa -defensa legal de Graña Miró Quesada- consideró que la decisión se ajusta a derecho ya que la sala, “con magistrados de mayor reflexión”, ha analizado la situación y determinó que no habían elementos para sustentar el peligro de fuga u obstaculización.