Redacción EC

A lo largo del año podemos encontrar distintos y numerosos feriados en el calendario, estos son días especiales en los que la fuerza trabajadora de todo el país puede descansar y aprovechar para poder realizar actividades que normalmente no podría hacer por el movimiento económico en el que se desempeña. En tal sentido en esta nota te contaremos qué feriados habrán este mes de junio en el Perú, entre otros datos que debes conocer respecto a esta información.

FERIADOS 2023 EN EL PERÚ

Hasta la fecha solo restan 7 feriados oficiales en el país y estos son:

  • 1 de enero: Año nuevo
  • 6 de abril: Jueves Santo
  • 7 de abril: Viernes Santo
  • 1 de mayo: Día del trabajo
  • 29 de junio: San Pedro y San Pablo
  • 23 de julio: Día de la Fuerza Aérea del Perú
  • 28 y 29 de julio: Fiestas Patrias
  • 6 de agosto: Batalla de Junín
  • 30 de agosto: Santa Rosa de Lima
  • 8 de octubre: Combate de Angamos
  • 1 de noviembre: Todos los santos
  • 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
  • 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho
  • 25 de diciembre: Navidad

FERIADO 30 DE AGOSTO

El miércoles 30 de agosto es feriado debido a la celebración de carácter religioso a Santa Rosa de Lima. A pesar que Perú es oficialmente laico, nuestro país es uno de los territorios en donde más se practica el catolicismo, proclamando incluso como feriados a los días festivos, como es el caso de la Semana Santa. Y en este mes de agosto, quien se lleva la atención es la Patrona de las Américas, Indias y Filipinas.

Isabel Flores de Oliva nació en Lima en 1586. No profesaba religión alguna, pues era laica, pero su labor hacia el prójimo le hizo ganar la admiración de sus conciudadanos. Tras su fallecimiento el 24 de agosto de 1617, pasaron varios años para que fuera proclamada de manera excepcional como Patrona del Perú, del Nuevo Mundo y de Filipinas en 1671 por el Papa Clemente X.

Por otro lado, Santa Rosa de Lima también pasaría a ser considerada como la patrona de la Policía Nacional del Perú. Este título fue proclamado oficialmente el 18 de septiembre de 1989, a través del Decreto Supremo 27-89, publicado en el Diario Oficial El Peruano.

SOBRE LOS DÍAS FERIADOS

Los días feriados son los días señalados por la ley (artículo 6 del D.L N° 713), en donde el trabajador tiene derecho a descansar en ese día y que dicho descanso sea remunerado.

Los trabajadores perciben una remuneración ordinaria que corresponde a un día de trabajo, y se abonará en forma directamente proporcional al número de días efectivamente trabajados, excepto el Día del Trabajo, en el cual se abonará un día de remuneración, sin condición alguna.

Si el trabajador labora en un día feriado sin descanso sustitutorio tiene derecho al pago de la retribución correspondiente por la labor efectuada con una sobretasa del 100%.

Así mismo, no se considera que se haya trabajado en feriado no laborable, cuando el turno de trabajo se inicie en día laborable y concluya en el feriado laborable.

Los feriados oficiales del Perú son:

● Año nuevo (01 de enero).

● Jueves y Viernes Santo (movibles).

● Día del Trabajador (01 de mayo).

● San Pedro y San Pablo (29 de junio).

● Día de la Fuerza Aérea del Perú (23 de Julio).

● Fiestas Patrias (28 y 29 de julio).

● Santa Rosa de Lima (30 de agosto).

● Combate de Angamos (08 de octubre).

● Todos los Santos (01 de noviembre).

● Inmaculada Concepción (08 de diciembre).

● Navidad del Señor (25 de diciembre).