Redacción EC

En el Perú, uno de los temas que siempre está en debate es el , cuyo objetivo es mejorar las condiciones laborales de los empleados. Sin embargo, en esta ocasión, el Gobierno, a través de un Decreto Supremo, ha aprobado un incremento en las remuneraciones para los trabajadores del de los regímenes CAS, el Servicio Civil, la Carrera Pública Penitenciaria y el Servicio Diplomático, como parte de lo establecido en la cláusula Décimo Cuarta del Convenio Colectivo Centralizado 2023-2024, en el marco de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, entre otras normativas. Este beneficio representa una mejora económica para estos trabajadores, ya que se busca incentivar la productividad y la eficiencia en el sector. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.

¿CUÁNTO SERÁ EL AUMENTO SALARIAL PARA LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO?

A poco de finalizar el año, miles de trabajadores públicos recibieron una buena noticia, pues, mediante el Decreto Supremo N.° 265-2024-EF, se estableció el aumento de sueldo que se efectuará en dos etapas, es decir, en enero y diciembre de 2025. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) determinó que el incremento será de S/50 para los empleados que se encuentren en los regímenes del Decreto Legislativo N.° 728, el Decreto Legislativo N.° 1057 (CAS), y las Leyes N.° 30057 (Servicio Civil), N.° 29709 (Carrera Pública Penitenciaria) y N.° 28091 (Servicio Diplomático).

El MEF estableció el aumento de sueldo de S/50 que se efectuará en dos etapas, es decir, en enero y diciembre de 2025.
El MEF estableció el aumento de sueldo de S/50 que se efectuará en dos etapas, es decir, en enero y diciembre de 2025.

Asimismo, en caso de que los ingresos superiores superen los S/ 15.600, el monto del incremento mensual se ajustará para no superar ese límite. Por su parte, este beneficio tiene carácter remunerativo y es de naturaleza pensionable, lo que implica que estará sujeto a las cargas sociales y servirá como base para el cálculo de los beneficios laborales, como, por ejemplo, las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, las bonificaciones y la compensación por tiempo de servicios (CTS).

¿CUÁLES SERÁN LOS REQUISITOS PARA ACCEDER AL AUMENTO SALARIAL?

Según el Decreto Supremo, que fue publicado en el diario El Peruano el jueves 19 de diciembre, los trabajadores de los regímenes mencionados líneas más arriba que deseen acceder al beneficio económico deberán estar inscritos en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del MEF. De esta manera, no habrá inconvenientes ni irregularidades, ya que se busca que el proceso sea ordenado y transparente.

El MEF estableció el aumento de sueldo de S/50 que se efectuará en dos etapas, es decir, en enero y diciembre de 2025.
El MEF estableció el aumento de sueldo de S/50 que se efectuará en dos etapas, es decir, en enero y diciembre de 2025.

¿CUÁNDO RECIBIRÁN LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO UN BONO DE S/ 200?

En un convenio firmado entre la representación empleadora del Estado peruano y la representación sindical, conformada por las confederaciones estatales CITE, CTE Perú, Unasse, Conasep y Confetep, en la comisión negociadora encargada de la negociación colectiva a nivel centralizado, se determinó que se entregará un bono único de S/ 200 este 2025.

Asimismo, este beneficio está dirigido a los trabajadores que se encuentran en los regímenes 276 y 728, el servicio civil, empleados de carreras especiales como los penitenciarios y diplomáticos, así como a los trabajadores bajo Contratos Administrativos de Servicios (CAS). Por consiguiente, el Estado garantiza un sueldo íntegro y equitativo para los trabajadores estatales, lo que repercutirá de manera positiva en su calidad de vida.

Es importante mencionar que, el subsidio de S/200 podría verse afectado por limitaciones presupuestarias. De acuerdo con las declaraciones de Alberto Campos, secretario general colegiado de la Confederación Intersectorial de Trabajadores Estatales del Perú (CITE), citadas por La República, el artículo 28 de la Ley de créditos suplementarios podría representar un obstáculo para la entrega de este bono.