La particularidad del régimen especial laboral de la ahora derogada Ley de Promoción Agraria (Ley N° 27360) es la sujeción a una remuneración diaria (RD) de S/ 39,19 que incluye en razón al 9,72%, a la CTS y al 16,66% a las gratificaciones legales, conceptos reajustables con los incrementos de la RMV. Ello implica que los trabajadores del agro en su pago habitual reciben la CTS y gratificaciones y no en determinadas oportunidades como la generalidad de trabajadores.
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