El Indecopi organizará, el próximo 16 y 17 de marzo, la Hackathon denominada ‘Emprendedores digitales, responsables con el ambiente’, que busca promover en consumidores y proveedores una cultura de consumo responsable de bienes y servicios.
El Indecopi organizará, el próximo 16 y 17 de marzo, la Hackathon denominada ‘Emprendedores digitales, responsables con el ambiente’, que busca promover en consumidores y proveedores una cultura de consumo responsable de bienes y servicios.

El déjà vécu es una sensación parecida al déjà vu que se produce cuando experimentamos y sentimos intensamente que una situación en el presente ya la hemos vivido en el pasado.

Hace unos días hemos tenido un déjà vécu de una situación ocurrida hace exactamente 10 años. En el año 2009, se publicó un decreto de urgencia mediante el cual se realizó una modificación muy puntual a la legislación concursal que regula los procedimientos de reestructuración y liquidación de empresas en crisis: se eliminó el derecho de voto de los acreedores vinculados. Es decir, se impidió que los acreedores vinculados (accionistas, directores, gerentes, entre otros) pudieran adoptar decisiones sobre la empresa si esta era sometida a un procedimiento concursal. Luego de diversas críticas, esta norma fue derogada a los pocos meses de su publicación.

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El lunes pasado el publicó un documento de trabajo con diversas propuestas normativas para mejorar el sistema concursal peruano. Se ha incluido propuestas interesantes y que aportan valor sobre varios temas; sin embargo, se está planteando nuevamente emitir una norma que impide a los acreedores vinculados de la empresa deudora adoptar decisiones en caso de concurso. Con esta publicación estamos reviviendo la situación descrita líneas arriba.

Debemos recordar lo ya comentado hace una década. Una regulación como esta no solo tiene implicancia en el mundo concursal sino que genera un fuerte desincentivo a la realización de préstamos así como al otorgamiento de garantías por parte de entidades locales o extranjeras vinculadas a la empresa que se encuentra en una situación de falta de liquidez. 

Como sabemos, ante estas situaciones en las que la empresa tiene un perfil de riesgo muy alto para cualquier entidad financiera, son comúnmente los accionistas (los vinculados por excelencia) quienes están más dispuestos a financiar a su empresa o a garantizarla ante la entidad prestamista. 

El cambio normativo propuesto no hace más que incrementar el riesgo del financiamiento directo o indirecto de los vinculados al eliminarles cualquier capacidad de decisión en caso de concurso. 

Es paradójico. ¿Acaso no estamos buscando ser un país más competitivo con mayor acceso al crédito? 

Recordemos que el Banco Mundial realiza todos los años un ranking (Doing Business) en el que analiza a las diversas economías mundiales en lo que corresponde a acceso al crédito. En este punto, uno de los indicadores más importantes es el fortalecimiento de los derechos de los acreedores y, en particular, de los que otorgan garantías para la obtención de financiamiento. 

No hay duda que eliminando el derecho de voto de acreedores vinculados vamos por el camino equivocado.

Un artículo del New York Times explica que al experimentar un déjà vécu nuestra memoria podría generarnos ilusiones en las que se confunden sueños con lo vivido. Esperemos que dicha propuesta quede como un juego creativo de nuestra memoria y no se convierta en realidad.