¿Qué hacer si no te pagan la gratificación de fin de año?
¿Qué hacer si no te pagan la gratificación de fin de año?
Redacción EC

Con el Año Nuevo entró en vigencia la reducción del Impuesto a la Renta para las personas naturales y las empresas. Esta medida es parte del cuarto paquete de medidas para reactivar la economía que propuso el Ejecutivo y que fue aprobada por el Congreso de la República.

Asimismo, también empieza a hacerse efectivo el (UIT) de S/.3.850, que, como se conoce, determina los tramos en los que se aplican de manera progresiva y acumultiva las distintas tasas del Impuesto a la Renta.

Sigue a Portafolio también en

Por ello, es necesario actualizar los cálculos que se habían hecho en base al anterior valor de la UIT (S/.3.800), para que los trabajadores de cuarta y quinta categoría tengan una mejor idea de cuánto ahorrarán a partir del próximo año gracias a esta reducción.

Esta es la calculadora, elaborada por Ángel Hugo Pilares () de El Comercio, que te permitirá estimar cuánto Impuesto a la Renta dejarás de pagar de acuerdo a tus ingresos brutos.

¿CÓMO UTILIZARLA? Para calcular tu ahorro anual, primero selecciona la pestaña celeste dependiendo de si eres un trabajador dependiente de quinta categoría o uno independiente de cuarta categoría.

En el primer caso, podrás elegir si percibes 12 sueldos al año o 14, es decir, 12 remuneraciones y dos gratificaciones equivalentes a un sueldo.

Pese a que para el cálculo exacto del Impuesto a la Renta sí se consideran bonificaciones, asignaciones familiares, bono por escolaridad y el reparto de utilidades, no hemos incluido estas variables en la calculadora para simplificar su uso.

En el caso de los independientes, debes estimar tus ingresos brutos aproximados anuales, es decir, la suma de todos los recibos que emites en un año.

¿QUIÉNES SE BENEFICIARÁN? Como se conoce, el recorte del Impuesto a la Renta beneficiará a los trabajadores de quinta categoría que ganen menos de S/.233.800 al año (encima de los S/.231.000 con la UIT anterior), es decir, S/.16.700 al mes, considerando a un empleado que percibe 12 sueldos y dos gratificaciones al año, o S/.19.480 si se reciben solo 12 sueldos.

Para los que ganan más de esa cifra, el aumento será de S/.116 al año como máximo, es decir, menos de S/.10 al mes, como muestra la calculadora elaborada por El Comercio.

En el caso de los contribuyentes de cuarta categoría, es decir, aquellos que emiten recibos por honorarios, el ingreso anual a partir del cual la reducción del Impuesto a la Renta ya no es beneficiosa son los S/.292.000 (por encima de los S/.288.500 con la UIT de S/.3.800) al año, es decir, un aproximado de S/.24.300 al mes. Este grupo también pagará un máximo de S/.116 adicionales de Impuesto a la Renta al año.

Cabe anotar además que la norma también reduce de 10% a 8% la tasa de retención del Impuesto a la Renta en los recibos por honorarios. Así, si emites recibos por más de S/.1.500, deberás descontar 8% y ya no 10% por este concepto.

DATOS Los que perciben 14 sueldos son todos aquellos empleados dependientes de empresas privadas -excepto mype- y estatales, así como los funcionarios públicos de entidades bajo el régimen de la actividad privada.

Quienes ganan 12 sueldos son los funcionarios del sector público (con contratos a plazo temporal o indeterminado y CAS), docentes de escuelas públicas, colaboradores del sector salud, personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional y los trabajadores de las mype.

¿Cómo se calcula el Impuesto a la Renta?

El Impuesto a la Renta se define por tramos acumulativos, es decir, que los ingresos se van dividiendo en tramos a los cuales se aplica la tasa del tributo de acuerdo al siguente cuadro: Tramo de ingresos Tasa del IR < 7 UIT Inafecto 7 UIT > 12 UIT 8% 12 UIT > 27 UIT 14% 27 UIT > 42 UIT 17% 42 UIT > 52 UIT 20% > 52 UIT 30%

Así, todos los ingresos hasta las 7 UIT (S/.26.950) están exonerados. Esto implica que los que ganan menos de esa cifra no pagan IR y a los que ganan más se les resta S/.26.950 de sus ingresos anuales para determinar el monto al que aplicar el Impuesto a la Renta. Hasta el año pasado, ese monto era S/.26.600, con la UIT anterior.

Con la nueva ley, se reduce la tasa para todos los ingresos entre las 7 UTI (S/.26.950) y las 12 UIT (S/.46.200) de 15% a 8%. También se baja de 15% a 14% la tasa que se aplica a todos los ingresos entre las 12 UIT (S/.46.200) y las 27 UIT (S/.103.950). Así, todos los que ganen más de S/.46.200 al año o S/.3.300 al mes -considerando 12 sueldos y dos gratificaciones-, verán reducidos los impuestos que pagan por este tramo de sueldo en un punto porcentual.

Asimismo, se ha creado otro nuevo rango entre las 27 UIT (S/.103.950) y las 42 UIT (S/.161.700), en la que se aplicará una tasa de 17% y no de 21%, como sucedía hasta el año pasado. Esta fuerte reducción de cuatro puntos porcentuales en la tasa beneficiaría a todos los que ganen más de S/.103.950 al año o S/.7.425 al mes, que pagarán menos tributos por este tramo de su renta.

Los que perciben por encima de S/.161.700 al año o S/.11.400 al mes, también deben ver con buenos ojos que entre las 42 UIT (S/.159.600) y las 52 UIT (S/.200.200) podría aplicarse una tasa de 20% y ya no de 21% como hasta el año.

A todos los ingresos a partir de las 52 UIT (S/.200.200), se aplicará la tasa máxima de 30%.

LEE TAMBIÉN...

Manufactura peruana crecería hasta un 4% en 2015, según cálculos de la SNI -► — Portafolio EC (@PortafolioECpe)

Contenido sugerido

Contenido GEC