La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) elevó el monto máximo para las operaciones con dinero electrónico, como medida de apoyo a las personas que pudieran verse afectadas con la declaración de emergencia nacional para contener el avance del coronavirus (COVID-19).
Según la Resolución SBS N° 1262-2020, publicada este sábado en el diario El Peruano, las transacciones se encontrarán sujetas ahora al límite de S/3.000, un aumento de S/2.000 en comparación a lo establecido anteriormente.
El saldo consolidado de cuentas de dinero electrónico en un mismo mes ha sido elevado también de S/2.000 a S/10.000.
Las conversiones a dinero electrónico y las transacciones acumuladas de forma mensual tendrán un tope máximo de S/10.000 y S/15.000 respectivamente.
El dinero electrónico es un valor monetario representado por un crédito exigible a su emisor. Tiene las siguientes características:
a) Es almacenado en un soporte electrónico.
b) Es aceptado como medio de pago por entidades o personas distintas del emisor y tiene efecto cancelatorio.
c) Es emitido por un valor igual a los fondos recibidos.
d) Es convertible a dinero en efectivo según el valor monetario del que disponga el titular, al valor nominal.
e) No constituye depósito y no genera intereses.
Cabe señalar que la resolución publicada hoy entra en vigencia desde este mismo sábado.