3 de mayo del 2013. Hace 10 años. SBS puso a disposición de los afiliados la comisión equivalente.
3 de mayo del 2013. Hace 10 años. SBS puso a disposición de los afiliados la comisión equivalente.
Redacción EC

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) declaró la disolución de cinco cooperativas de ahorro y crédito por estar incursas en causal de inactividad y sometió a régimen de intervención a otra de ellas.

La autoridad este viernes en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano, las resoluciones de la disolución de las cooperativas Globalcoop Ltda., Lurín Perú, Riquezas de Cajamarca, Financenter y Bienestar, Desarrollo y Asesoría Vida.

También, la resolución referida a la sometimiento a régimen de intervención de cooperativa de ahorro y crédito Bienestar Perú Ltda.

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La Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, señala que cuando una COOPAC presenta inactividad, la SBS declara, de oficio, su disolución.

La inactividad se configura cuando se acredita2 la condición de no remitir los estados financieros de acuerdo con el Manual de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, aprobado por Resolución SBS N° 577-2019 y sus modificatorias (en adelante, Manual de Contabilidad) por dos (2) periodos consecutivos en el plazo de un (1) año o cuatro (4) periodos alternados en el plazo de dos (2) años, en el caso de aquellas COOPAC que remiten sus estados financieros por periodos trimestrales (aplicable en el caso de las COOPAC de Nivel 2).

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