El beneficio estará vigente hasta el próximo 29 de diciembre. Foto: GEC.
El beneficio estará vigente hasta el próximo 29 de diciembre. Foto: GEC.
Por Redacción EC

Sunat informó que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales domiciliadas en el país podrán presentar hasta el 29 de diciembre del presente año la Declaración Jurada de acogimiento al Régimen Excepcional del Impuesto a la Renta para que puedan declarar y/o repatriar e invertir en el país las rentas no declaradas generadas hasta el 31 de diciembre del año 2022, de acuerdo con la Ley N° 32201.

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