Desde el martes, el concepto de los devengados formará parte de la Ley del Impuesto a la Renta, quien además deberá regularlos, decretó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
El devengo es un principio contable que define el momento en que nace la obligación tributaria, a pesar de que aún no sea exigible.
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Por ejemplo, si se vende una camisa hoy 31 de diciembre, pero el pago se realizará el próximo mes, cuando corre otro año fiscal; para fines tributarios, el hecho sucedió en diciembre.
"El 60% de las operaciones es muy sencillo, pero hay un 40% que es más complejo, las de mayor ingreso", apuntó Jorge Picón, abogado tributarista.
El experto explicó que la decisión del MEF crea un concepto tributario paralelo al contable, lo que puede generar costos administrativos adicionales.
La razón es que las compañías van a tener que manejar un doble registro: un estado financiero para la bolsa o la banca, y otro con fines tributarios.
"Si hablamos de una bodega o restaurante, es irrelevante, pero si hablamos de mineras, hidrocarburos o empresas de inversiones grandes, lo que acaban de hacer es un potencial desastre", advirtió.
"Por el momento exacto en que tienes que reconocer y la cantidad exacta, una fluctuación del tiempo podría estar arrojando cientos de miles de dólares diferentes que deberían pagarse antes o después de impuestos", añadió Picón.
La medida fue aprobada vía Decreto Supremo Nº 339-2018-EF, publicado hoy en El Peruano.