Régimen laboral juvenil: 5 críticas que la propia ley desmorona - 2
Régimen laboral juvenil: 5 críticas que la propia ley desmorona - 2

El nuevo  busca reducir el desempleo y la informalidad que afecta con mayor crudeza a los jóvenes de entre 18 y 24 años -de acuerdo con el ministro de Economía y Finanzas, -. Su creación ha causado la inmediata indignación de muchos sectores que consideran que desprotege laboralmente a este sector de la población. 


Pese a que, como toda norma, es perfectible, muchas de las críticas que han llovido sobre la norma laboral muestran desconocimiento sobre algunos puntos de la Ley 30288, que vale la pena aclarar para que el debate se centre en si reducir los costos laborales es suficiente incentivo para efectivamente combatir la informalidad y el desempleo. 

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Pero, antes que nada, es importante aclarar que el régimen no es obligatorio y que dentro de la negociación entre el trabajador y el empleador se puede determinar que este último goce de más beneficios. 

1.  Se despedirá a mayores de 25 años para contratar a jóvenes

El artículo 22 de la norma prohíbe expresamente el despido de trabajadores para que sean sustituidos, en el mismo puesto y funciones, por jóvenes contratados bajo el nuevo régimen laboral juvenil.

El incumplimiento del empleador de esta prohibición es considerado como falta muy grave en materia de relaciones laborales, por lo cual, cualquier trabajador que sufra un despido por este motivo puede presentar su denuncia ante el Ministerio de Trabajo, por teléfono (al 315-6000) o en su . El empleador que se encuentre culpable de esta falta recibirá una sanción de S/.76.000

Asimismo, se especifica que una empresa solo podrá tener bajo el régimen laboral juvenil como máximo al 25% de su planilla. 

2. Los jóvenes no tienen ningún beneficio laboral

Aunque la norma, efectivamente, determina que los jóvenes de entre 18 y 24 años que acepten incorporarse a una empresa bajo el nuevo régimen laboral juvenil no puedan recibir CTS ni gratificaciones y solo cuenten con 15 días de vacaciones al año, no es cierto que no tengan ningún beneficio laboral y, por lo tanto, no tengan ningún incentivo para dejar la informalidad. 

A diferencia de lo que sucede en el sector informal, los que ingresen al nuevo régimen tendrán acceso a un seguro de salud (Essalud), a un sistema de pensiones y tendrán derecho al pago de horas extra, a un descanso semanal obligatorio y en los días feriados. 

Asimismo, se especifica que en caso de despido injustificado recibirá una indemización equivalente al sueldo de 20 días. Aunque esta es menor a los 45 días que se pagan en el régimen general, representa una cierta protección contra este tipo de abusos. 

3. Es un régimen más abusivo que los vigentes

Como muestra el cuadro elaborado por el área laboral del Estudio Miranda & Amado, el régimen laboral juvenil es bastante similar a los que se crearon para la microempresa y los trabajadores agrarios, e incluso en algunos casos, como las indemnizaciones por despido, las condiciones son mejores. 

4. Se les quitará beneficios a los jóvenes que están trabajando actualmente

La Ley 30288 determina que el nuevo régimen laboral juvenil solo podrá aplicarse a aquellos jóvenes de entre 18 y 24 años que estén desempleados, es decir, que nunca hayan estado en una planilla o que hayan pasado más de 90 días desocupados. 

Además, se especifica en el artículo 3 que este régimen no se aplica a los jóvenes que ya tengan un contrato bajo las reglas de juego del régimen general, quienes conservarán los beneficios que estipula su contrato. Asimismo, señala que tampoco se aplica a los jóvenes que estén contratados bajo el régimen general que cesen con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley y que sean contratados por la misma empresa. 

5. Las empresas no los capacitarán si no les apetece

En el artículo 19 de la norma se especifica que es una obligación de las empresas capacitar a los jóvenes para el trabajo, de modo que se incremente su productividad y empleabilidad. 

Para hacerlo, pueden aprovechar los beneficios tributarios que ofrece el Gobierno en el artículo 20, que le permite a las empresas dejar de pagar impuestos por cada sol que inviertan en capacitar a los jóvenes bajo el régimen laboral juvenil hasta por el equivalente al 2% de la planilla, es decir, de su gasto total en pago de personal.

Este es uno de los aspectos más importantes de la ley, pues asegura que los jóvenes, una vez dentro del mercado formal, adquieran habilidades que le permitan conseguir un empleo con mayores beneficios dentro del régimen general. 

Asimismo, el empleador deberá exigir a los jóvenes que no hayan terminado la secundaria que regresen a las aulas antes de que se cumplan dos meses desde la contratación.

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