La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) declaró, mediante la Resolución SBS N° 02842-2025, la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Aprocredi Limitada, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.
Dicha resolución se publicó en el diario El Peruano, donde se excluyó a Aprocredi Limitada del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público.
La norma también indica que, a partir de la fecha, quedan prohibidas las siguientes acciones respecto a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Aprocredi Limitada:
Cabe precisar que la SBS designó a Alayn Frank Valer Ttito y Raúl Rolando Soto Salas como administradores temporales principal y alterno, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Aprocredi Limitada.
En ese sentido, la norma faculta a los administradores temporales de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Aprocredi Limitada para que, en representación de la SBS, realicen los actos necesarios para llevar adelante la disolución.
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