Las disposiciones del MTPE serán aplicables a todas las actividades del sector agrario. (Foto: GEC)
Las disposiciones del MTPE serán aplicables a todas las actividades del sector agrario. (Foto: GEC)
/ HEINER APARICIO
Redacción EC

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral () emitirá en los próximos 30 días las directivas y protocolos necesarios para el fortalecimiento de la fiscalización laboral en el

La medida forma parte del Decreto Supremo N° 002-2020-TR publicado hoy, que establece medidas para promover la formalidad laboral y la protección de los derechos laborales fundamentales en el sector agrario.

La norma publicada establece la modificación del artículo 77° del Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, a fin de precisar los requisitos mínimos para la elaboración o actualización de la identificación de peligros, evaluación de riesgos y determinación de controles (IPERC).

De esta manera, se busca que la matriz del IPERC constituya una herramienta más eficaz para la prevención de los peligros y riesgos existentes en esta actividad.

Del mismo modo, se considera la elaboración de un informe anual sobre los resultados del registro de trabajadores en la planilla y el cumplimiento de la normativa de seguridad y salud en el trabajo para el sector agrario, el cual debe publicarse en el portal web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Otro punto importante es la priorización de acciones de formalización laboral en el sector agrario a través del Centro Integrado “Formaliza Perú”, en especial en las regiones de La Libertad, Lambayeque, Piura e Ica, considerando las variables y condiciones regionales, así como la articulación con los gobiernos regionales y locales respectivos.

Cabe señalar que estas disposiciones serán aplicables a todas las actividades del sector agrario a nivel nacional y abarca a todos los empleadores y trabajadores comprendidos en el régimen laboral agrario.

Contenido sugerido

Contenido GEC