Personas y empresas pueden solicitar el fraccionamiento o aplazamiento del pago del Impuesto a la Renta, según recordó la Sunat. (Foto: Giuliano Buiklece / GEC)
Personas y empresas pueden solicitar el fraccionamiento o aplazamiento del pago del Impuesto a la Renta, según recordó la Sunat. (Foto: Giuliano Buiklece / GEC)
/ Giuliano Buiklece
Redacción EC

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria () informó este lunes que el cronograma final para la presentación de la Declaración Anual del 2020 se inicia este jueves 25 de marzo y concluye el próximo lunes 12 de abril.

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En un comunicado, la Sunat precisó que más de 350,000 contribuyentes ya cumplieron con hacerlo de manera anticipada. De esa cantidad, 220,000 son personas naturales y 130,000 empresas que cumplieron con esa obligación, utilizando los formularios virtuales 709 y 710, respectivamente, disponibles en el APP Personas (para smartphone) y en la plataforma Sunat Operaciones en Línea.

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Devoluciones

En el caso de las personas naturales, la Sunat estimó que de las 600,000 que deben presentar su declaración, 250,000 tendrán una devolución por cobrar. A la fecha ya se han presentado unas 90,000 solicitudes y se han atendido 60,000 (por casi S/ 90 millones), en un plazo mucho menor a los 45 días hábiles establecidos, gracias a la transformación digital iniciada por la entidad.

Las devoluciones se pueden realizar mediante depósito en cuenta (siempre y cuando haya registrado previamente su código de cuenta interbancario), orden de pago financiera o cheque.

Para las personas jurídicas (empresas) se prevé que deben presentar la declaración anual unas 700,000, pertenecientes a los regímenes General y/o MYPE Tributario (no están obligadas a presentarla los contribuyentes del Nuevo RUS y del Régimen Especial de Renta).

“Para mayor facilidad al presentar la declaración, estos contribuyentes tienen dos versiones del Formulario Virtual 710, el simplificado o completo, con información referencial del saldo a favor, los pagos a cuenta y las retenciones del impuesto, así como el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) que no haya sido aplicado como crédito contra los pagos a cuenta”, indico la Sunat.

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Fraccionamiento

En caso necesiten un fraccionamiento, la Sunat señaló que las personas y las empresas tienen la posibilidad de solicitar el fraccionamiento o aplazamiento del pago del impuesto determinado, inmediatamente después de presentar la declaración, sin necesidad de acudir a una oficina de la entidad tributaria.

Dijo que a la fecha se han recibido cerca de 5,000 solicitudes en línea por un monto de más de S/ 17 millones. Se ha aprobado rápidamente más del 80% de solicitudes, por un monto de S/ 14 millones.

“Cabe indicar que se puede aplazar la deuda hasta por seis meses, fraccionarla hasta por 72 meses o el aplazarla y fraccionarla a la vez. La tasa de interés aplicable al fraccionamiento es del 0.8% mensual. Solo se requerirán garantías siempre y cuando la deuda supere las 100 UIT (S/ 440,000)”, recordó la Sunat.

De otro lado, la entidad tributaria recomendó a todos los contribuyentes a no esperar el último momento para presentar la declaración.

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