La Contraloría General alertó que pese a que han transcurrido más de cinco años desde el Fenómeno El Niño Costero de 2017, no se ha culminado la ejecución de las obras de rehabilitación de la Autopista del Sol en el subtramo Evitamiento – Chiclayo (22.42 Km.), en Lambayeque, faltando la ejecución de la II Etapa.
Esta situación ha ocasionado que, a la fecha, no se haya cumplido en la totalidad del subtramo, los índices de serviciabilidad (niveles óptimos de la vía establecidos en el Contrato de Concesión) que garanticen la seguridad en el tránsito de los ciudadanos y el transporte.
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De acuerdo a la comisión de control, el retraso se debe a que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en su calidad de Concedente, no estableció plazos para la presentación y aprobación final del Estudio Definitivo de Ingeniería (EDI) de la II Etapa (la aprobación ocurrió recién el 2 de marzo de 2020).
Asimismo, no se establecen plazos para el cumplimiento de las condiciones necesarias para el inicio de la ejecución de las obras de rehabilitación que deben cumplir el MTC, la empresa concesionaria y Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran), en su calidad de regulador del contrato.
El Informe de Control Concurrente N° 384-2022-CG/APP-SCC señala que el MTC utilizó un total de 445 días calendario contabilizados desde el 29 de octubre de 2018 (fecha en la cual el Concesionario presentó el EDI al Concedente) para aprobar todos los componentes del Estudio Definitivo de Ingeniería.
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Mientras, el concesionario usó 988 días calendario contabilizados desde el 28 de febrero de 2018 ( fecha en la que se suscribió el Acta de Acuerdos de Fin y Cierre de Trato Directo para la Elaboración de estudios y ejecución de la solución integral del Sub Tramo Evitamiento Chiclayo) para presentar y subsanar las observaciones de todos los componentes del EDI.
El EDI comprende el reemplazo de los puentes Lambayeque y San José (aguas abajo), así como el mantenimiento de los puentes Pimentel y Lambayeque (aguas arriba). Entre los daños identificados figuran deterioro del concreto, obstrucción en los drenajes, deterioros en la junta de dilatación, daños en las barandas, veredas y en los principales elementos estructurales
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Tras la aprobación del EDI por parte del MTC, el concedente y el concesionario suscribieron un acta para la ejecución de las obras respectivas; sin embargo, en dicho documento no existe un plazo determinado para el cumplimiento de todas las condiciones necesarias para su inicio, como por ejemplo, que el Concesionario haya cumplido con entregar la póliza de seguro y la Garantía de Fiel Cumplimiento de Construcción; así como la presentación del cronograma de ejecución de obras a OSITRAN, o que el Concedente cuente con los permisos respectivos para iniciar la obra, entre otros.
Con la falta en el establecimiento de los plazos para la presentación y aprobación final del EDI se incumplió el contrato de concesión que dispone que el concedente debe agilizar los procedimientos de contratación para la elaboración de los estudios que permitan restituir la vía afectada hasta alcanzar los índices de serviciabilidad.
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En tanto, la falta de plazos determinados para el cumplimiento de las condiciones previas que permitan el inicio de la ejecución de la obra de rehabilitación, podría dilatar el inicio de los trabajos en desmedro de la seguridad de los usuarios de la vía, puesto que dicha infraestructura no está cumpliendo los niveles de servicio establecidos en el contrato.
Además de este caso, se identificó que se encuentra pendiente la liberación de interferencias en la zona (responsabilidad del MTC) como cables aéreos de redes eléctricas de media tensión que interfieren con el equipo de pilotaje en el Puente Lambayeque (aguas abajo) y la tubería de agua clandestina que atraviesa debajo del puente, así como kioskos aledaños al Puente San José (lo que debe cumplirse para el inicio de las obras).
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