Desde ahora Ana Estrada, de 45 años, podrá hacer uso de su derecho a la muerte digna, cuando ella así lo decida luego de una lucha que inició desde el 2019. Y es que la psicóloga y activista fue notificada con la decisión favorable de EsSalud de resolver las dos observaciones que formuló al su protocolo de cumplimiento de la eutanasia asistida.
EsSalud le informó que la Comisión responsable de dicho documento guía aceptó el pedido de Ana Estrada de elegir al médico de su confianza para que realice el procedimiento.
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En un escrito presentado el 12 de octubre del año pasado al séptimo juzgado constitucional, encargado de la ejecución del fallo, Ana Estrada formuló dos principales observaciones al protocolo diseñado por la Comisión de EsSalud y entregado personalmente a ella el 21 de setiembre del año pasado.
La primera estaba referida a los requisitos para acceder a la eutanasia cuando así lo requiera Ana, en específico al Informe Psicológico y al consentimiento informado.
Sobre el informe psicológico, se resolvió que no era necesario realizar otra evaluación, ya que podrán utilizar el informe ya incluido en su oportunidad en el expediente judicial del caso. Sobre el consentimiento informado, se precisó que Ana podrá autorizar previamente a una persona de su confianza a firmar el documento, si ella no pudiera hacerlo, en el momento de solicitar la eutanasia.
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La segunda observación de Ana era que el protocolo no hacía referencia a quién sería el médico responsable que integraría la Comisión de EsSalud encargada de aplicar la eutanasia. Por ello, se solicitó que se le permitiera a Ana elegir a su médico de confianza, como pasa en otros países donde este procedimiento es legal.
“Este es un elemento muy importante, pues se trata de un acto médico trascendental. La confianza entre el médico responsable y el paciente da seguridad y tranquilidad a este último de que respetará en todo momento su voluntad. Además, permite sortear barreras de objeción de conciencia, pues se tratará de un médico no objetor que apoya y comprende plenamente la decisión de Ana. La información sobre la identidad del médico se entregará a EsSalud de manera reservada”, informaron a través de un comunicado.
Así, a partir de esta fecha, Ana Estrada tiene la libertad plena de decidir el momento en el que desee acceder a la eutanasia. El fallo precisa que la eutanasia deberá practicarse en un máximo de diez días hábiles contados a partir de cuando ella manifieste su voluntad de acceder al procedimiento.
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