"Desde hace tiempo, esta facultad está restringida tanto por el derecho internacional como por la regulación interna". (Ilustración: Víctor Aguilar Rúa)
"Desde hace tiempo, esta facultad está restringida tanto por el derecho internacional como por la regulación interna". (Ilustración: Víctor Aguilar Rúa)
Dino Carlos Caro Coria

El menú electoral incluye en esta ocasión el indulto a dos condenados. ha expresado que, de ganar la presidencia, indultará a su padre. ha mencionado que indultará a , aunque a veces ha evitado responder o solo indicado que se evaluaría un “indulto por exceso de carcelería” (sic), una categoría inexistente en la legislación peruana.

En ambos casos estamos ante ofrecimientos bastante generosos, pero de escasa o nula viabilidad jurídica. Si bien la Constitución reconoce de modo general la potestad presidencial de indultar a los condenados, lo cierto es que, desde hace tiempo, esta facultad está restringida tanto por el derecho internacional como por la regulación interna.

Desde el 2009, cumple la condena a 25 años de cárcel ratificada por la Corte Suprema, como autor mediato a través de un aparato organizado de poder, por los delitos de asesinato y secuestro agravado en los casos La Cantuta, Barrios Altos, Dyer y Gorriti. Como he señalado antes, formalmente Fujimori no fue condenado por delito de lesa humanidad. Chile autorizó la extradición en el 2007 sin mención alguna a este delito internacional, de modo que no fue juzgado ni condenado por lesa humanidad, pese a lo cual la sentencia indicó que los delitos comunes cometidos por él, asesinato y secuestro, debían entenderse como de “lesa humanidad”, declaración que tuvo un solo efecto práctico: la imposición de la pena máxima. La defensa de Fujimori interpuso un hábeas corpus para que se elimine toda mención a la lesa humanidad, y aunque perdió, el Tribunal Constitucional declaró que la condena solo abarcó delitos comunes, lo que hace inaplicable en su caso la tan aludida prohibición de o amnistías frente a delitos de lesa humanidad.

Pero aún si se creyera que los casos de La Cantuta y Barrios Altos son delitos de lesa humanidad, según el derecho internacional la prohibición absoluta para los Estados es la de adoptar mecanismos de impunidad como la amnistía o el indulto, como una forma de sustraer al autor del delito de un proceso penal o para evitar la pena.

Sin embargo, tratándose de enfermos graves o terminales, no existe una prohibición de indulto en el derecho internacional ni el orden interno. Es más, se prevé la posibilidad del indulto humanitario, una medida que a fines del 2017 el entonces presidente Kuczynski aplicó fallidamente, dado que fue dejada sin efecto por la Corte Suprema por considerarse, entre otros motivos, que no estaba probada la gravedad de la enfermedad de Fujimori. Para un nuevo indulto tendría que acreditarse de modo categórico que el expresidente sufre una enfermedad terminal o grave que, hasta donde se sabe, por ahora no tiene.

En el caso de Antauro Humala el indulto tampoco es viable. Tras levantarse en armas el 1 de enero del 2005 contra el entonces presidente Toledo en Andahuaylas, fue capturado el 3 de enero. Al día siguiente los rebeldes depusieron las armas, murieron 4 policías y 2 de sus reservistas. Por estos hechos Humala fue condenado a 19 años de prisión, por delitos de rebelión, homicidio simple en agravio de 4 policías, sustracción o arrebato de arma de fuego, secuestro agravado contra 21 policías, y daños agravados.

Esta pena se agotará el 2 de enero del 2024. Humala, sin embargo, ha intentado salir de prisión con beneficios penitenciarios, como la redención de la pena y la liberación condicional, aunque sin éxito porque el Código de Ejecución Penal, reformado por la Ley 30963, expresamente los prohíbe para los condenados por secuestro y rebelión. Humala tampoco califica para las formas de indulto aceptadas por la legislación.

Con todo, un ‘remake’ del frustrado indulto a Fujimori o el indulto a Humala sin expresión jurídica de causa. Son simples ofertas de campaña que, más allá de alentar a los votantes, a tirios y troyanos, no dejan de anunciar un nuevo episodio de ese vedado uso instrumental, político y simbólico del sistema de justicia, gane quien gane.

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