¿Aporte de campaña o delito?, por Roberto Pereira
¿Aporte de campaña o delito?, por Roberto Pereira
Roberto Pereira

¿Es delito recibir tres millones de dólares de una empresa privada como aporte para una campaña electoral? Esta es la pregunta que insistentemente se viene planteando frente a la información de que el ex funcionario de Odebrecht Jorge Barata habría declarado ante fiscales peruanos que aportó ese monto en representación de dicha empresa, para la campaña electoral del Partido Nacionalista en el 2011. La respuesta a esta interrogante, sin embargo, no puede ser realizada en términos de un “sí” o un “no”, como han pretendido algunos, sino que requiere precisiones e información complementaria.

En primer lugar, la declaración de Barata requiere ser corroborada, necesariamente, con otros hechos que generen convicción sobre la existencia de dicha entrega de dinero. El relato puede ser cierto, pero la sola declaración de un aspirante a colaborador eficaz no es suficiente para avanzar en una investigación fiscal y menos para convertirla en el fundamento de una condena penal. Esto explica la estrategia recientemente revelada por la pareja Humala-Heredia de negar absolutamente su versión. Sin embargo, parecen no advertir que una operación como la descrita, a pesar de tener eslabones clandestinos, suele dejar pistas que permiten reconstruirla con suficientes niveles de certeza. 

Así, la disposición de un monto tan elevado de dinero tiene que haber transitado en algún momento por canales formales y, en tal sentido, verificables. Supone la intervención de varias personas más que podrían declarar al respecto y coincidir sus versiones con la de Barata. Por lo demás, se trata de una operación que puede ser ubicada en tiempos y lugares determinados, identificables y contrastables. El propio Barata puede ampliar su declaración y aportar más evidencia o datos que complementen y refuercen su primera versión. Este es seguramente el empeño en el que debe estar ahora la fiscalía. 

De corroborarse la declaración, la hipótesis delictiva más plausible que surgiría de estos hechos es la del lavado de activos. El origen ilícito del dinero ha sido admitido por Odebrecht y todo indica que no sería un problema documentarlo. Entonces, la defensa previsible será que en el 2011 la empresa tenía altos niveles de reconocimiento social y no se conocían sus actividades ilícitas, por lo que, al momento de la entrega del dinero, nadie podía estimar como probable el origen ilícito del mismo.  

Pero resulta que esa línea de defensa no toma en cuenta el cúmulo de evidencia que cuestionaría la regularidad de una operación de esa naturaleza. En efecto, el monto elevado del aporte, su entrega en efectivo, la ausencia de los órganos administrativos y contables del Partido Nacionalista en el acuerdo y su ejecución. A su vez, la ausencia de algún documento formal suscrito por ambas partes en el que se refleje el acuerdo sobre el aporte, así como la ausencia de declaración del dinero ante las autoridades nacionales. 

Como puede apreciarse, si se atiende a las características del caso, que la entrega del dinero haya sido pactada como aporte a una campaña electoral constituye un dato poco relevante. Más aun si parte de ese dinero fue utilizado para la satisfacción de asuntos personales, en cuyo caso, además del delito tributario, se abriría la puerta del lavado de activos, que esta vez tendría como delito precedente precisamente el referido ilícito tributario. 

No basta pues con calificar como ‘aporte de campaña’ la percepción de dinero por parte de los políticos y sus organizaciones, para descartar la relevancia penal de determinadas formas de financiamiento de la política.