En lo que respecta a procedimientos para salvar empresas en crisis, Indecopi es como una sala de emergencias. Le llegan siempre casos graves que requieren urgente atención. La naturaleza de sus funciones exige atender con velocidad el pedido de los acreedores y el deudor que buscan reestructurar deudas para salvar la firma. La rapidez es vital. Una sala de emergencias sin atención rápida es un cementerio.
PARA SUSCRIPTORES: Vargas Llosa, lector de Borges; por Alonso Cueto
Imaginen una persona en estado grave de salud que llega a una sala de emergencias y le dicen que la atenderán en 12 meses. Una atención en 12 meses sería demasiado tarde para sobrevivir. Pero eso es precisamente lo que ocurre en el Indecopi (y ocurre desde hace mucho tiempo, incluso antes del COVID-19).
Las empresas gravísimas que llegan al Indecopi en búsqueda de la oportunidad de un pronto acuerdo de reestructuración de deudas, deben esperar en promedio hasta 12 meses para que se realice la reunión en la que se aprobaría la reestructuración. ¿Cuál creen que es el resultado? La mayoría de empresas no se salvan. La mayoría se liquidan. Indecopi es un cementerio, antes que una sala de emergencias. Y este problema es anterior al COVID-19. ¿Se imaginan lo que pasará con esa “sala de emergencias” cuando ingresen las compañías en crisis por esta pandemia? Un inmenso cementerio.
Entonces, ¿qué debe hacer Indecopi para ser efectivo para salvar empresas en crisis? Reducir los plazos de atención sustancialmente es fundamental. ¿Cómo se hace?
Lo primero es reconocer que las dificultades de las empresas en crisis para pagar lo que deben es un problema privado. Por tanto, puede y debe ser resuelto por acuerdos privados que resultan de negociaciones privadas (sin la necesidad de intervención del Estado o el Indecopi).
Todos los problemas de las normas para salvar empresas en crisis son causados por la idea (equivocada) de que la insolvencia de las firmas es un problema público, y por tanto le compete al Estado participar en el proceso. Por eso, dicen los publicistas, el Estado debe declarar la insolvencia (con la garantía de doble instancia administrativa), debe reconocer los créditos (también con la garantía de doble instancia administrativa), y, por supuesto, debe participar en todas las reuniones de negociación que se celebren para asegurar que los acuerdos que se toman respetan las normas sobre quórums y mayorías, así como las de orden público de la ley concursal. Y lo que resulta de una perspectiva publicista del derecho de empresas en crisis es un cementerio, que no sirve para proteger el orden público ni para proteger a los trabajadores ni para proteger al fisco ni a los acreedores.
El costo de la intervención estatal para asegurar el interés público es altísimo. Son precisamente esos 12 meses que demora una junta de acreedores en reunirse, 12 meses en “sala de emergencia” que matan empresas.
Eso es lo que se tiene que cambiar. ¿Cómo? Desestatizando o ‘desindecopizando’ el proceso.
Por eso creo que a los acreedores de empresas en crisis debería permitírseles, por ley, aprobar por mayoría un acuerdo de reestructuración de deuda. Debería ser suficiente que ese acuerdo se sustente con los balances auditados que reflejen el real nivel de deuda y con eso acredite que la mayoría de sus acreedores estuvieron de acuerdo con la reestructuración. Luego se publica el acuerdo y ello es suficiente para proteger el patrimonio frente a intentos de ejecuciones individuales o embargos. Si luego de la publicación existen acreedores que se oponen, se inicia un proceso ante un tribunal concursal que podría resolver (en una sola instancia) todas las oposiciones o controversias de créditos. Un proceso que sería más rápido que el paso por Indecopi pues sería de una sola instancia y con decisiones definitivas.
Esa sería una verdadera sala de emergencias capaz de salvar empresas en crisis.