"La Constitución permite plantear cuestión de confianza sin mayores especificaciones. Como ha explicado el Tribunal Constitucional, esta regulación abierta tiene la finalidad de brindar al Poder Ejecutivo un amplio campo de posibilidades en busca de respaldo político por parte del Congreso, para llevar a cabo las políticas que su gestión requiera".
"La Constitución permite plantear cuestión de confianza sin mayores especificaciones. Como ha explicado el Tribunal Constitucional, esta regulación abierta tiene la finalidad de brindar al Poder Ejecutivo un amplio campo de posibilidades en busca de respaldo político por parte del Congreso, para llevar a cabo las políticas que su gestión requiera".

La Comisión de Constitución del decidió este jueves archivar el proyecto de reforma constitucional para adelantar las elecciones al año 2020, planteado por el Poder Ejecutivo. Casi al mismo tiempo, se dejó todo preparado para debatir este lunes 30 la elección de seis magistrados del .

Respecto del archivo de la propuesta de ley del Poder Ejecutivo, en el Congreso quedó cerrada toda posibilidad de reabrir ese debate porque, al mismo tiempo, se dispensó el trámite de aprobación del acta. Además, de acuerdo con el Reglamento del Congreso, luego de archivar un proyecto de ley no se puede presentar una propuesta similar hasta el siguiente período anual de sesiones, salvo que lo acuerde la mitad más uno del número legal de congresistas. Este, ciertamente, se ve como un escenario poco probable.

Ante lo decidido por el Congreso, ayer por la tarde el presidente anunció que planteará este lunes respecto de una propuesta de reforma a la Constitución sobre la forma como se eligen los magistrados del Tribunal Constitucional; sin especificar mucho sobre en qué consistiría la propuesta de cambios.

¿Esto está permitido? La respuesta, en sencillo, es que sí. La Constitución permite plantear cuestión de confianza sin mayores especificaciones. Como ha explicado el Tribunal Constitucional, esta regulación abierta tiene la finalidad de brindar al Poder Ejecutivo un amplio campo de posibilidades en busca de respaldo político por parte del Congreso, para llevar a cabo las políticas que su gestión requiera.

Por eso, es perfectamente constitucional que se plantee una cuestión de confianza que esté destinada a promover, interrumpir o impedir la aprobación de una norma o un procedimiento legislativo o de control político. En este caso, plantear una cuestión de confianza respecto de la modificación del mecanismo para la elección de magistrados del Tribunal Constitucional es posible.

Luego del mensaje presidencial, algunos políticos aludieron a que la cuestión de confianza no procede porque la elección de magistrados del TC corresponde únicamente al Congreso. Pero debemos recordar que el Parlamento tiene esta atribución porque la Constitución se la ha otorgado. Modificada la Carta Magna en este aspecto, el mecanismo de elección puede cambiar. Y la Constitución, o la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, son normas que está permitido modificar.

Considerando que, materialmente, ya se ha rechazado una cuestión de confianza, nos encontramos ante tres escenarios posibles:

El primero es que el Congreso acepte la cuestión que será planteada y apruebe la modificación que planteará el presidente, y elija magistrados del Tribunal Constitucional conforme a las nuevas reglas. Si bien es cierto el mandato de estos magistrados es de cinco años y que hay un procedimiento de selección en curso, también es verdad que en años anteriores, por no tener los votos necesarios para escoger a un candidato, el Congreso ha demorado la elección de magistrados hasta que las condiciones sean adecuadas.

El segundo es que el Congreso rechace la cuestión de confianza que será planteada y, ante esto, el Poder Ejecutivo tome la decisión de seguir el camino que posibilita el artículo 134 de la Constitución; es decir, que decrete la disolución del Congreso.

Un tercer escenario es que los congresistas continúen con la elección de magistrados este lunes y, al mismo tiempo, accedan a la cuestión de confianza planteada. Esto es ciertamente probable, pero en nada contribuiría a retornar a la estabilidad política que nuestro país necesita.

Finalmente, no debemos perder de vista las salidas que se plantean desde la ciudadanía. Por un lado, hace unos días se ha presentado una demanda de amparo contra la elección en curso; y, de otro, como recordarán los lectores, en el 2013 se habían elegido magistrados del TC, defensora del Pueblo y miembros del directorio del Banco Central de Reserva. Más aún, se habían publicado las correspondientes resoluciones legislativas en el diario oficial. Pero las protestas masivas, reiteradas, consistentes y coherentes de la ciudadanía organizada forzaron al Congreso de ese entonces a dar marcha atrás. Siempre es posible.

Contenido sugerido

Contenido GEC