“¿Cómo podrían los magistrados del TC ponerse del lado de este horroroso personaje? ¿Cómo podrían, siquiera, admitir que este demonio recupere la voz?”. (GEC).
“¿Cómo podrían los magistrados del TC ponerse del lado de este horroroso personaje? ¿Cómo podrían, siquiera, admitir que este demonio recupere la voz?”. (GEC).
Federico Salazar

El debe definir este martes si admite o no la demanda competencial del Congreso disuelto por el Ejecutivo. Debe resolver si una entidad disuelta puede ser “sujeto de derecho”, por así decirlo. En realidad, si una institución disuelta por otra tiene competencia para reclamar.

El Tribunal no tiene una tarea fácil, sobre todo porque nadie quiere al Congreso disuelto. No solo no lo quieren: lo detestan. Fue un pésimo Congreso, si no el peor, y el Ejecutivo logró atribuirle los males del país, el total de la corrupción y hasta la crisis económica.

¿Cómo podrían los magistrados del TC ponerse del lado de este horroroso personaje? ¿Cómo podrían, siquiera, admitir que este demonio recupere la voz? ¿Cómo podrían permitirle quejarse de su muerte, que tiene mucho de asesinato pero no poco, a la vez, de suicidio?

Admitir la demanda, además, tiene serios inconvenientes. La disolución del Congreso se hizo a través de una “denegación fáctica”, interpretada por el propio Ejecutivo, de la confianza solicitada. Discutir esta “denegación fáctica” podría llevar a establecer su ilegalidad o, incluso, que algunos votos singulares expusieran la evidencia.

Este escenario pondría al TC en el paredón, frente a la mayoría de la opinión pública. ¿Y por qué los magistrados del TC harían este sacrificio? Mucho más cómodo es, por supuesto, ir con la corriente, con el Poder Ejecutivo y con la solución “fáctica” de los conflictos competenciales.

Tomás Moro no es magistrado del TC. Moro, canciller del reino de Inglaterra, se opuso al rey Enrique VIII, y murió decapitado. Una obra de radio-teatro imagina la trampa de la que fue víctima.

Un falso testigo relata una supuesta traición del canciller. Antes de ser llevado a juicio, sus familiares le piden a Moro que ordene la detención del sujeto. “Es un hombre malo”, dice su hija. Y Moro responde: “No hay ley contra eso”. Y a su yerno: “La ley, Roper, la ley. Sé lo que es legal, no lo que es correcto. Y me voy a plantar en lo que es legal”.

Los familiares le dicen al canciller que, mientras él habla, el falsario se ha ido. “Y puede irse, comenta Moro, aun si fuera el mismo demonio, mientras no rompa la ley”.

“Así que le darías el beneficio de la ley al demonio”, increpa el yerno. “Sí, contesta Moro, ¿qué harías tú? ¿Harías un gran hueco a la ley para atrapar al demonio?”. Indignado, el esposo de su hija responde: “Me tumbaría cada ley en Inglaterra para a hacer eso”.

“Y cuando se hubiese tumbado la última ley y en se momento el demonio se volviera hacia ti, ¿dónde te esconderías, Roper, si todas las leyes habrían sido arrasadas?”, plantea Moro. “Sí, le daría el beneficio de la ley al demonio, por mi propia seguridad”. (R. Bolt, “A Man for All Seasons”, p. 40).

Moro no está en el TC. La defensa de los principios constitucionales, sin embargo, no debería depender de eso. Los magistrados tendrían que decirnos si cualquier presidente puede alterar el mandato constitucional de los congresistas, con artificios como la “denegación fáctica”.

Si un poder pierde prestigio frente a la opinión pública, ¿debemos cambiarlo a través de otro poder o debemos esperar las elecciones para sancionar? ¿Primero es el cambio y después el voto, o primero es el voto y luego el cambio?

Lo que ha hecho el Ejecutivo, con el subterfugio de la “denegación fáctica”, es cambiar la Constitución. La ha reemplazado por la habilidad política, las campañas de imagen y las encuestas de opinión.

La representación política ya no es lo que manda la Constitución, sino el lugar al que nos lleva el bamboleo de las emociones masivas.

La voluntad del Ejecutivo está, ahora, por encima de la ley. Si el TC no admite discutir y resolver la “denegación fáctica”, se habrán terminado los límites al poder, se habrá liquidado el propósito esencial de la Constitución.

El TC será, en ese caso, tribunal de un feble papel, no del ordenamiento constitucional y el imperio de la ley.

Contenido sugerido

Contenido GEC