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Fernando Cáceres Freyre

¿Se ha puesto a pensar por qué unos productos están ubicados en zonas destacadas o calientes de los supermercados? ¿Y por qué otros tienen hasta impulsadores que buscan conducir la compra in situ hacia determinadas marcas? La razón es simple: las decisiones de compra dependen –en gran parte– de cómo se nos presentan los productos en los puntos de venta. Este es el gran poder de mercado que tienen quienes controlan el punto de venta.

Cuando adquirimos productos de consumo masivo, el riesgo de que en el punto de venta nos lleven de las narices a consumir ciertas marcas es bajo. Si nos convencen, y no nos gusta el producto, en una siguiente oportunidad compraremos otro. En el caso de los medicamentos de venta con receta médica, sin embargo, el riesgo es mayor. Pueden terminar vendiéndonos –como iguales– productos que no tienen la misma eficacia, solo por razones comerciales. La asimetría informativa entre vendedores y compradores es muy grande como para que el Estado no intervenga para reducirla.

Historias como esta son pan de cada día en las boticas y farmacias peruanas:

-Buenos días, ¿tiene Zitromax de 500 mg?
-Lo tengo como Zitrolab de 500 mg, señor.
-¿Pero no tiene Zitromax?
-Sí, pero le ofrezco Zitrolab porque es igual y está más cómodo.

La decisión sobre qué producto de venta con receta médica debe consumir preferentemente el paciente –considerando también las restricciones presupuestarias de cada persona– debe recaer en el médico. No en el químico farmacéutico ni en el auxiliar que maneja el punto de venta. No obstante, esto ocurre frecuentemente. ¿Pagan las farmacias o boticas a su personal por direccionar la compra de ciertos productos?

Tratándose de productos de venta con receta médica, nuestra regulación establece que estos solo pueden ser dispensados por los químicos farmacéuticos. No por auxiliares de farmacia. Esto rara vez se cumple, por cierto. Además, la norma prevé que los químicos farmacéuticos puedan ofrecer alternativas al consumidor, incluyendo información sobre los precios, pero absteniéndose de “inducir al usuario a adquirir alguna de dichas alternativas”.

Para esta regulación no se ha previsto sanción alguna. Y difícilmente puede cumplirse, porque es prácticamente imposible informar sobre alternativas –incluyendo precios– sin inducir de alguna manera al consumo de estas (a menos que le entreguen al cliente una lista con todas las opciones disponibles y sus precios, lo cual no ocurre).

La pregunta siguiente es si las alternativas hacia las que los químicos farmacéuticos –y los dependientes de farmacia– inducen el consumo son marcas propias o productos de laboratorios con quienes las boticas tienen acuerdos comerciales. Y si esto es así, si los consumidores son informados de que se trata de una inducción interesada.

El poder que tiene quien maneja el contacto con el consumidor es muy grande. Y tratándose de medicamentos, el riesgo es particularmente alto. En países como Chile y España, para que esto no ocurra, se han empezado a utilizar máquinas dispensadoras de productos farmacéuticos que entregan los medicamentos tras el escaneo de las recetas, a fin de evitar que quienes controlan el punto de venta puedan inducir a un consumo no basado en razones sanitarias sino comerciales.

Indecopi ya sancionó una vez a una cadena de farmacias por dispensar el producto Di-Profeket en vez del recetado Ketotifeno, lo cual causó reacciones alérgicas en el paciente. Ahora que la reciente compra de Quicorp (Mifarma, Fasa y BTL) por InRetail (Inkafarma) ha reconfigurado todo el mercado de medicamentos, puede ser un buen momento para que el nuevo gigante de las farmacias revise las prácticas de dispensación de su personal. Se anotarían un golazo.