“La ley prohibirá al Estado publicitar campañas sobre sus servicios públicos en medios privados”. (Foto: El Comercio)
“La ley prohibirá al Estado publicitar campañas sobre sus servicios públicos en medios privados”. (Foto: El Comercio)
Editorial El Comercio

En los últimos días el admitió a trámite la demanda presentada por 33 legisladores de distintas bancadas contra la Ley 30793, que prohíbe la publicidad estatal en medios privados, así como la planteada por el Ejecutivo y firmada por el presidente . Probablemente, como han indicado algunos especialistas, ambas sean acumuladas (incorporando, además, los argumentos del ‘amicus curiae’ que prepara en el mismo sentido la ) y la materia termine de resolverse en los próximos cuatro o cinco meses. Para entonces, sin embargo, la norma habrá afectado severamente cualquier campaña que necesite realizar el Estado a nivel nacional, perjudicando sobre todo a los ciudadanos de las zonas más alejadas del país.

Como se recuerda, la polémica medida fue aprobada por insistencia el 14 de junio en el pleno del Congreso. Esto, a pesar del rechazo de instituciones como la ya mencionada Defensoría del Pueblo, el Consejo de la Prensa Peruana y la relatoría especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y soslayando una ristra de irregularidades detectadas en su momento por el Ejecutivo, que observó la iniciativa en febrero. En síntesis, la ley prohíbe que cualquier dependencia pública contrate publicidad con medios privados, salvo en dos casos: las campañas de educación electoral y las situaciones de desastre o emergencia nacional –siempre y cuando, claro está, estas hayan sido reconocidas como tales por decreto de urgencia–. Excepciones importantes pero que, a decir verdad, no constituyen ni por asomo los únicos escenarios en los que el Estado necesita transmitir información vital a la población.

Existe, en efecto, todo un abanico de campañas, iniciativas, servicios y acciones que el gobierno realiza y que se le hace necesario comunicar a los ciudadanos a través de todos los canales posibles: un cometido que ya era difícil de cumplir por la dispersión de localidades dentro del territorio nacional, pero que ahora, al tener que prescindir de los medios privados, deviene en materialmente imposible.

No en vano, la ministra de Desarrollo e Inclusión Social, , ha señalado que la ley impactará en siete programas de su institución; entre ellos, los de lucha contra la anemia, buena alimentación, protección de adultos mayores y prevención del embarazo. A nivel más amplio, además, la norma dificultará que el Estado promocione las jornadas de vacunación de niños en Loreto, las campañas contra la ola de frío en Puno, las iniciativas para prevenir el dengue o la chikunguña en Piura, los simulacros de sismo y tsunami en Ica, las comunicaciones dirigidas a localidades con conflictos sociales activos o las campañas para prevenir la violencia sexual en todo el Perú.

Todas estas, acciones neurálgicas para las que el Estado no debería limitarse a las redes sociales o a la sintonía que los medios públicos como TV Perú y Radio Nacional consiguen entre la población. ¿Tiene sentido que la llegada de información que eventualmente podría salvar vidas dependa de que los ciudadanos puedan y decidan sintonizar el canal del Estado?

Por lo demás, la vía adicional que la norma plantea para la difusión de esa información (esto es, “cuentas en las principales aplicaciones de redes sociales”) no soluciona mucho. Primero, porque arrambla el mismo problema que los medios estatales –obliga al ciudadano a ir en búsqueda de información que, relevante como es, debiera llegarle así no esté enterado de que existe–. Y segundo, porque, precisamente, excluye a las personas que más necesitan de tal información. Según datos del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) del 2016, mientras que el porcentaje nacional de personas mayores de 6 años que utilizan Internet es de 45,5, en la zona rural esa cifra alcanza apenas el 14,2%. Y mientras en la provincia de Lima el 64,3% usa Internet, en regiones como Cajamarca o Loreto solo lo hacen el 19,5% y el 25,1%, respectivamente.

No debe desdeñarse, por otra parte, la llegada y el impacto que tiene la prensa escrita; no es casualidad, después de todo, que hasta cuando se produce un error en la información que se transmite a través de las redes, las rectificaciones aparezcan en los diarios.

Pues bien, esta es la dimensión del problema que tiene ahora entre las manos el TC y que, mientras antes resuelva, menos daño permitirá que ocasione al orden constitucional y a los ciudadanos de todos los rincones del país.