Esta expresión nominal, documentada en el castellano del Perú, especialmente en el lenguaje político, es una variante de la general derecho al pataleo, que el Diccionario académico (2014) consigna con la definición de “última y vana actitud de protesta que adopta o puede adoptar el que se siente defraudado en sus derechos”. Véase un ejemplo del diario limeño Expreso: “A los [congresistas] renunciantes o expulsados solo les queda su oficina congresal, mendigar la presentación de una iniciativa legislativa y el derecho de pataleo o al voto solidario” (19/10/2016).
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