Se han publicado hace poco los “Lineamientos Generales para la Reforma Integral del Sistema de Pensiones” aprobados por la comisión especial del Congreso a cargo de la misma, que preside la legisladora Carmen Omonte. El principal y más problemático de estos lineamientos es la propuesta de dividir las contribuciones al sistema en dos: una parte que iría a un Fondo de Riesgo Compartido (un sucedáneo del fondo de reparto administrado por la ONP) y otra que iría a un Fondo de Riesgo Individual (similar a las cuentas individuales de capitalización que administran las AFP). Esta fue también la recomendación central del informe comisionado a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
Cabe agregar que en ninguna de las 173 páginas de su informe ofrece la OCDE una razón válida para que los afiliados contribuyan simultáneamente al sistema público y al privado. Habla de una “duplicación” que no existe porque cada afiliado contribuye a uno u otro sistema, pero no a los dos. En todo caso, no se entiende cómo es que se elimina una duplicación generalizándola.
La evidencia disponible demuestra la superioridad de las cuentas individuales de capitalización sobre el fondo de reparto. Un estudio de la Asociación de AFP revela que en el año 2016 más del 50% de los jubilados del sistema privado recibían una pensión de más de S/600 mensuales, que por entonces era la pensión promedio pagada por el sistema público. Del mismo estudio se puede deducir que más del 30% o 40% de los jubilados del sistema privado recibía más de S/900 mensuales, que era la pensión máxima que pagaba la ONP. El tránsito hacia las cuentas individuales de capitalización también habría sido beneficioso para el 18% de los afiliados que se quedaron en el sistema público y que, según menciona el propio informe de la OCDE, no reciben una pensión porque no cumplen los 20 años mínimos de aportes.
La comisión Omonte seguramente tiene el laudable propósito de asegurar una pensión mínima a los afiliados que no logren acumular un fondo sustancial en sus cuentas individuales. Pero la solución que propone no es la más adecuada. El desvío de una parte de los aportes al fondo de reparto o Fondo de Riesgo Común es un mecanismo de solidaridad con los trabajadores que no pudieron acumular lo suficiente para recibir una pensión mínima, pero es un mecanismo que reclama la solidaridad solamente de los demás afiliados al sistema. El resto de peruanos, particularmente los más pudientes, que viven de sus rentas, quedarían exonerados.
Existe una mejor solución, que consiste en dirigir todos los aportes a las cuentas individuales de capitalización, como actualmente ocurre en el sistema privado, y establecer una pensión mínima garantizada con los impuestos que pagamos todos (no solamente los trabajadores). De esta manera, los afiliados que, al momento de jubilarse, no hayan acumulado fondos suficientes para financiarla, reciben una transferencia del tesoro público para cubrir el monto faltante. Sería un sistema más justo y más eficiente también: más justo porque exigiría la solidaridad de un grupo más amplio de la sociedad; y más eficiente porque mantendría intactos los incentivos de todos los afiliados para contribuir al sistema de pensiones a lo largo de toda su vida laboral.
Contenido sugerido
Contenido GEC