La norma cuenta con la firma del presidente del Congreso, Daniel Salaverry, y deberá ser comunicada al presidente de la República, Martín Vizcarra, para su promulgación (Foto: referencial)
La norma cuenta con la firma del presidente del Congreso, Daniel Salaverry, y deberá ser comunicada al presidente de la República, Martín Vizcarra, para su promulgación (Foto: referencial)
Redacción EC

Los maestros que hayan sido separados del magisterio por conductas de hostigamiento sexual estarán impedidos de desempeñar algún cargo en las áreas de desempeño docente.

Así lo establece la Ley N°30903, que recoge la modificación del artículo 52 de la actual Ley de Reforma Magisterial, referente a este tipo de sanciones para los maestros. La iniciativa incorpora a la inhabilitación permanente las conductas de hostigamiento sexual y actos que atenten contra la libertad sexual que estén tipificados como delitos.

La norma cuenta con la firma del presidente del Congreso, Daniel Salaverry, y deberá ser comunicada al presidente de la República, Martín Vizcarra, para su promulgación.

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