El hábeas corpus que deja en libertad a policía Elvis Miranda
El hábeas corpus que deja en libertad a policía Elvis Miranda
Junior Meza

Su participación en el caso del suboficial PNP  
fue clave para que este recupere su libertad. Emiliano Ramos Álvarez se encuentra actualmente suspendido de sus funciones como magistrado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria desde noviembre del 2018 hasta abril del presente año.

Desde su estudio jurídico en el distrito de El Tambo, en Huancayo (Junín), el ex juez revisó detalladamente la decisión tomada por el juzgado de Piura y días previos a presentar la solicitud de hábeas corpus dijo a El Comercio que existían vacíos que no tomaron en cuenta, como el arraigo laboral y domiciliario.

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El 31 de enero fue presentado el hábeas corpus por Emiliano Ramos al Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria. El magistrado de dicha sala decidió admitir la medida y trece días después fue resuelto por el juez Ever Bello Merlo de la Corte Superior de Justicia de Junín.

“A mi punto de vista, la medida preventiva dictada por el doctor David Sosa Zapata, juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Castilla, era inconstitucional porque no se valoraron requisitos fundamentales [arraigo laboral y domiciliario] que el procesado sí los cumplía”, señaló Ramos Álvarez a este Diario.

También consideró que los jueces superiores de la Tercera Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Piura, Ernesto Villalta Pulache, Edwin Culquicondor Bardales y Manuel Arrieta Ramírez habrían violado el derecho fundamental al debido proceso y a la tutela jurisdiccional efectiva.

Según el expediente 0423-2019 de fecha 13 de febrero, el juez Ever Bello Merlo del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria resolvió declarar fundando la demanda constitucional de hábeas corpus interpuesta por Emiliano Ramos y por Alejandro Casallo Poma, en su calidad de defensor legal de la policía en la región Junín, a favor de Elvis Miranda Rojas al haberse acreditado la violación del derecho fundamental del debido proceso.

Asimismo, declara nula la resolución N° 2 de fecha 16 de enero del 2019, dictada por el juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Castilla, y la resolución N°9 de fecha 29 de enero del 2019, expedida por los jueces superiores de la Tercera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Piura en el expediente 0435-2019.

En la resolución, Bello Merlo también ordena al juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Castilla emitir un nuevo pronunciamiento y oficiar bajo cargo de responsabilidad copias de la sentencia.

Conocido la resolución a favor al agente policial Miranda Rojas, el general PNP de la Macro Región Policial, Alejandro Oviedo Echevarría, se dirigió hasta su oficina a donde había concurrido Emiliano Ramos a entregarle una copia de la sentencia de hábeas corpus.

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