El canciller Javier González-Olaechea suscribió, en Ginebra, el Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre propiedad intelectual, recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados, adoptado por consenso en la Conferencia Diplomática de dicho bloque el 24 de mayo.
Dicho tratado introduce un requisito obligatorio de divulgación del origen de los recursos genéticos y/o conocimientos tradicionales asociados a éstos, en el sistema de patentes. De esta manera, se contribuye a la lucha contra la biopiratería, la pérdida de la biodiversidad y se promueve un sistema de propiedad intelectual más justo y sostenible.
Según se informó, se trata del un paso histórico, dado que es el primer tratado de la OMPI en abordar la relación entre la propiedad intelectual y los recursos genéticos, y el primero en incluir disposiciones sobre pueblos indígenas y comunidades locales.
El acuerdo, además, finaliza 25 años de negociaciones, en las que el Perú participó de manera activa y constructiva.
Como nuestro país es megadiverso y multicultural, la importancia del tratado radica en que contribuye a la lucha contra la apropiación indebida de los recursos genéticos y los conocimientos ancestrales de los pueblos indígenas y comunidades locales.
De acuerdo con la Comisión Nacional contra la Biopiratería, a la fecha, se han identificado 374 casos de biopiratería en el sistema de patentes relacionados con 53 recursos genéticos de origen peruano como la maca, sacha inchi, yacón, entre otros.
De igual forma, este instrumento internacional ayudará a proteger y promover la conservación de la riqueza genética y los conocimientos tradicionales del Perú. Además, la definición clara y completa del requisito de divulgación que reconoce al “país de origen” evitará legalizar cualquier salida no autorizada de los recursos a otros territorios.
Así, el Perú se ha convertido en el signatario número 32 del tratado, que entrará en vigor luego de que 15 países lo ratifiquen.
Los otros firmantes son Argelia, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Burkina Faso, Chile, Colombia, Congo, Côte d’Ivoire, Eswatini, Gambia, Ghana, Islas Marshall, Lesotho, Madagascar, Malawi, Marruecos, Namibia, Nicaragua, Níger, Nigeria, Niue, Paraguay, República Centroafricana, República Popular Democrática de Corea, República Unida de Tanzanía, San Vicente y las Granadinas, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sudáfrica, Uruguay y Vanuatu.
Ahora, corresponde que la Dirección General de Tratados de la Cancillería inicie el proceso de perfeccionamiento interno para lo cual se deberá recabar las opiniones favorables de las entidades nacionales concernidas, y determinar la vía adecuada para su perfeccionamiento. Luego, se emitirá un decreto supremo de ratificación interna, y se depositará el instrumento ante el director general de la OMPI.