La opinión de la Comisión de Venecia sobre la posibilidad del Ejecutivo de someter reformas constitucionales a cuestiones de confianza ante el Congreso contempla cinco aspectos puntuales:
Que la Constitución del Perú “no establece ninguna limitación explícita” respecto a los temas a someter a confianza; que vincular las reformas constitucionales a dicha prerrogativa “es inusual” en el derecho comparado; que el poder del presidente de la República al respecto “puede crear un riesgo” de cara a la alteración de la separación y equilibrio de poderes; que dichas enmiendas a la Carta Magna deben basarse en un amplio consenso y realizarse con el debido cuidado; y que, finalmente, es el Tribunal Constitucional el llamado a “decidir si las propuestas de enmiendas constitucionales pueden estar vinculadas a una cuestión de confianza”.
Como se sabe, el informe del órgano consultivo del Consejo Europeo se dio a conocer luego un pedido realizado hace casi dos meses por Pedro Olaechea, entonces presidente del Congreso. El contexto fue un nuevo capítulo de la crisis política y confrontación entre el Ejecutivo y el Parlamento: esta vez a raíz del proyecto de reforma constitucional de adelanto de elecciones planteado por el Gobierno y finalmente archivado en la Comisión de Constitución.
Dicho grupo, presidido por Rosa Bartra (Fuerza Popular), recibió el lunes 23 de setiembre a una delegación de la Comisión de Venecia y archivó la propuesta del Gobierno a fines de ese mes.
Para su pedido, Olaechea consideró un supuesto, un hecho que finalmente no ocurrió. “Nos preocupa que el Poder Ejecutivo recurra nuevamente a la cuestión de confianza para forzar su aprobación”, dijo entonces en la carta que dirigió a la Comisión de Venecia. Pese a ello, hoy manifestó mediante Twitter: “Debo aclarar a los medios de comunicación que la Comisión de Venecia no se ha pronunciado sobre el adelanto de elecciones porque no fue objeto de consulta. La opinión que solicité fue sobre la posibilidad de someter las reformas constitucionales a cuestiones de confianza”.
Desde el Ejecutivo, si bien no se llegó a hacer cuestión de confianza por el proyecto de adelanto de elecciones, sí se defendieron las atribuciones presidenciales para tal planteamiento basadas —según se insistió— en el respeto a las normas vigentes. Así las cosas, ¿le ha dado la Comisión de Venecia la razón al Ejecutivo o al Legislativo?
—Posiciones—
El constitucionalista Natale Amprimo considera que la Comisión de Venecia no le ha dado la razón ni al Ejecutivo ni al Congreso, pues deja en manos del TC dirimir sobre el asunto. Pero afirmó: “En el fondo, en entrelínea, le está llamando la atención al Gobierno, porque dice que las reformas constitucionales requieren tranquilidad, amplio consenso, debido cuidado y deliberación, lo que es diferente a los pedidos de confianza. Entre líneas le está diciendo que no recurra a la cuestión de confianza, porque requiere todo ello”.
En la lectura de Amprimo, el órgano europeo está advirtiendo que es “peligroso” y “anormal” que se use la cuestión de confianza para reformas constitucionales, porque ello puede generar una ventaja para el presidente de la República y la ruptura de la separación de poderes. Por tanto, sugiere cautela y prudencia al Gobierno.
“Está diciendo que no se puede alterar la separación de poderes ni la forma republicana de gobierno. Le está diciendo sutilmente no abuses de la cuestión de confianza, sé prudente, no abuses de esa falta de definición, porque eso puede significar un riesgo para alterar el equilibrio”, apuntó.
A juicio del constitucionalista César Landa hay elementos del informe que le permiten concluir que el proyecto de adelanto de elecciones fue una medida constitucional y que no estaba prohibido que una cuestión de confianza incorpore una iniciativa de reforma de la Carta Magna. Sin embargo, reconoce que también se menciona que esa situación no es usual y podría representar riesgos si no hay un debate adecuado.
Aún así, aseveró sobre la opinión de la Comisión de Venecia: “Tercia en un sentido de no resolver a favor ni en contra, sino todo lo contrario”. Asimismo, sostuvo que “es bastante escueto el análisis” y que “el informe no aterriza en la realidad peruana, pero trata de hacer un análisis normativo”.
Al respecto, cabe apuntar que el documento advierte que se ha dejado de lado las consideraciones sobre el contexto político en el Perú, aunque reconoce que en el país se cuestiona a las instituciones, incluyendo al Congreso. Pero Landa critica ello, pues sostiene que debió considerarse los antecedentes en torno a la confrontación entre el Ejecutivo y Legislativo y los sucesos en medio de dicha crisis. “El contexto es fundamental, porque si no las declaraciones que hacen suenan muy abstractas y no se vinculan con la realidad concreta por la que atraviesa el país”, refirió.
Amprimo recuerda también que el pronunciamiento de la Comisión de Venecia se da tras conocer los recientes sucesos en torno a la disolución del Congreso, sobre la cual no se pronuncia por no ser materia de consulta. Para Landa, “hay una suerte de sustracción de la materia. Ellos se están pronunciando sobre un tema ya sustraído”, puesto que el proyecto de adelanto de elecciones —base para el pedido de opinión— fue finalmente archivado en el Congreso.
Cabe precisar, además, que tras dicho archivamiento, la respuesta del Ejecutivo fue presentar una cuestión de confianza no por dicha materia, sino por otro asunto: el proceso de elección de magistrados del TC. Al considerar que este pedido fue denegado, el presidente Martín Vizcarra decidió disolver el Congreso.
Ambos constitucionalistas repararon, finalmente, que si bien la opinión de la Comisión de Venecia no es vinculante, el TC tendría que evaluar el documento emitido para resolver la demanda de competencia planteada por Pedro Olaechea —quien firmó el recurso como presidente del Congreso, pese a que este fue disuelto— contra la decisión del presidente Martín Vizcarra de disolver el Parlamento.
—Pronunciamientos oficiales—
Desde el Poder Ejecutivo, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos emitió un comunicado en donde se señala que la Comisión de Venecia determinó que “el Gobierno peruano puede presentar iniciativas de reforma constitucional y también cuestiones de confianza de manera amplia, de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal Constitucional (TC) en reciente sentencia del 2018”.
Añade “si bien la Comisión de Venecia entiende que es poco frecuente vincular las reformas constitucionales a la aprobación de cuestiones de confianza, debe resaltarse que el pronunciamiento en ningún momento señala que es irregular y menos prohibido”. Recuerda, asimismo, que el Ejecutivo no llegó a presentar una cuestión de confianza sobre su propuesta de adelanto de elecciones.
Por parte del disuelto Congreso de la República, Pedro Olaechea, actual titular de la Comisión Permanente, compartió diversos extractos del informe a través de mensajes en Twitter, sin emitir mayor pronunciamiento, salvo la precisión: “Debo aclarar a los medios de comunicación, que la Comisión de Venecia no se ha pronunciado sobre el adelanto de elecciones porque no fue objeto de consulta. La opinión que solicité fue sobre la posibilidad de someter las reformas constitucionales a cuestiones de confianza”.
Una nota de prensa del sitio web del Parlamento resalta que la Comisión de Venecia menciona que la controversia debe resolverse en un marco en el que Vizcarra y Olaechea puedan llegar a un acuerdo.