(Foto: El Comercio)
(Foto: El Comercio)

1. Martín Vizcarra, presidente de la República

Domingo 6 de octubre en entrevista a El Comercio



“Después de toda la forma en que ha actuado la señora Rosa Bartra, no merece que se le responda nada. Estamos en esta decisión porque ella archivó el proyecto de adelanto de elecciones. Y luego ella hizo el pedido de adelanto de elecciones, imagínese. Mire la inconsciencia de algunas personas cuando ejercen cargos de autoridad”.

Esta afirmación es imprecisa

Si bien Rosa Bartra votó a favor de mandar al archivo el proyecto de ley del Ejecutivo que proponía adelantar las elecciones generales a abril del próximo año, no fue una decisión exclusiva de ella, como lo deja entender el presidente Vizcarra al ser consultado por este Diario sobre las expresiones de la fujimorista, que calificó a su gobierno de “comunismo vizcarrista”.

En total fueron 13 los parlamentarios que rechazaron la propuesta. Y estos congresistas no representaban solo a Fuerza Popular, sino también al Apra, Acción Republicana, Contigo, Alianza para el Progreso y Cambio 21.

La Secretaría de Prensa de Palacio de Gobierno precisó que el mandatario entiende que Bartra no fue la única responsable por el archivo del proyecto de adelanto de elecciones, pero sí considera que la integrante de la Comisión Permanente lideró la conducción de una sesión, en la que no hubo un debate profundo.

2. Cecilia Chacón, representante de FP en el Congreso disuelto

Domingo 6 de octubre en su cuenta de Twitter



“El dictador Vizcarra responsabilizaba a los venezolanos de la inseguridad ciudadana, hoy les da la ciudadanía express. ¿Cuál es la intención? ¿Serán los votos que piensa obtener al mejor estilo chavista?”.

Esta afirmación es falsa

La fujimorista Chacón hace referencia al Decreto Supremo N°018-2019-TR, que crea el servicio de visación de certificado de trabajo para adquirir la nacionalidad peruana por naturalización o por opción y el servicio de visación de contrato de trabajo para recuperar la nacionalidad peruana. Este DS concreta lo que dispone el inciso b del artículo 3 de la Ley N° 26574 (ley de nacionalidad), que fue dada durante el gobierno de Alberto Fujimori.

El referido artículo establece que para acceder a la naturalización, los extranjeros deben cumplir tres requisitos: residir legalmente en el territorio de la República por lo menos dos años consecutivos; ejercer regularmente profesión, arte, oficio o actividad empresarial y carecer de antecedentes penales, tener buena conducta y solvencia moral.

El DS N°018-2019 no cambia ninguna de estas exigencias. Es decir, no dispone dar una “ciudadanía express”, como refiere Chacón, a los extranjeros en el país.

De otro lado, la integrante del Congreso disuelto también sugiere que el gobierno tiene la intención de obtener el voto de los venezolanos que logren nacionalizarse. Sin embargo, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dispuso que el 30 de setiembre último se cierre de padrón electoral para las elecciones parlamentarias del 26 de enero de 2020.

El decreto supremo fue publicado en el diario oficial “El Peruano” seis días después.

Este Diario intentó comunicarse con Chacón, pero no respondió a nuestras llamadas.

3. Juan Sheput, representante de Contigo en el Congreso disuelto

Lunes 7 de octubre en su cuenta de Twitter

El congresista Juan Sheput dijo que Daniel Salaverry sería uno de los candidatos que tendría el respaldo de Martín Vizcarra. (Foto: GEC)
El congresista Juan Sheput dijo que Daniel Salaverry sería uno de los candidatos que tendría el respaldo de Martín Vizcarra. (Foto: GEC)



“El Wall Street Journal: Presidente del Perú da un golpe de Estado. Fuerza la ley y da un giro para nueva asamblea constituyente con sus aliados de izquierda”.

Esta afirmación es falsa

El diario estadounidense “The Wall Street Journal” no ha sentado una posición editorial acerca de la decisión del presidente Martín Vizcarra de disolver el Congreso. La nota que diferentes exintegrantes del Parlamento disuelto, entre ellos Sheput, compartieron en sus redes sociales se trata en realidad de una columna de opinión de la periodista Mary O' Grady.

“O' Grady ha defendido los regímenes de Pinochet y Fujimori y apoyado las candidaturas de Keiko Fujimori y Jair Bolsonaro. No representa para nada la opinión internacional [de The Wall Street Journal]”, refirió el politólogo Steve Levitsky.

Horas después, el mismo exministro de Trabajo precisó, en otro tuit, que así como “Michael Reid define América Latina en ‘The Economist’, O’Grady es la voz cantante en WSJ sobre la misma región. Y es clarísima: en el Perú ha habido un golpe de estado”.

4. Marisol Espinoza, representante de APP en el Congreso disuelto

Jueves 10 de octubre en el noticiero “D6A9”, de Canal N



“[Hay] otros temas de derecho parlamentario que no se han considerado, como la invasión al Congreso, la irrupción […] El ingreso de los ministros al pleno del Congreso es con un protocolo que está establecido y que tiene carácter y fuerza de ley”.


Esta afirmación es falsa

Espinoza cuestionó que Salvador del Solar, exjefe del Gabinete Ministerial, haya ingresado el lunes 30 de setiembre al pleno sin recibir antes una invitación del presidente del Congreso, Pedro Olaechea. Sin embargo, el artículo 129 de la Constitución faculta al Consejo de Ministros o los ministros por separado a concurrir a las sesiones del Parlamento y participar en sus debates con “las mismas prerrogativas” que los legisladores, salvo la de votar si no son congresistas.

La exvicepresidenta de la República también indicó que existe un protocolo establecido, en referencia al reglamento del Congreso.

El inciso e del artículo 54 de este documento indica que los ministros que concurran al pleno del Congreso para participar en sus debates, en uso de “la facultad” que les concede el artículo 129 de la Constitución, “lo hacen en las mismas condiciones que los congresistas, pero tienen las prerrogativas propias de un grupo parlamentario”.

En resumen, no existió una invasión ni Del Solar requería de una invitación para ingresar al pleno y presentar la cuestión de confianza.

En comunicación con El Comercio, Espinoza indicó que el artículo 129 la Carta Magna habilita a los ministros a hablar ante el pleno, pero “no para aparecerse cuando quieran”.

“La Constitución señala que hay libre tránsito, pero yo con ese libre tránsito no puedo ir a su casa y entrar no solo a la sala sino a su habitación, es algo parecido, el Congreso es otro poder [del Estado], lo que hicieron, han invadido con policías, dentro del Congreso nunca había sucedido excepto el 5 de abril [de 1992]”, remarcó.

5. Virgilio Acuña, excongresista de la República

Jueves 10 de octubre en Radio Exitosa

(Foto: Archivo El Comercio)
(Foto: Archivo El Comercio)



“Lo que sí puedo decir es que en cualquiera de las organizaciones políticas en las que vayamos Antauro Humala será el N°1 por Lima. Sí puede [postular], nosotros hemos hecho las consultas […] Nuestros abogados irán hasta el JNE para ver la posibilidad de que nuestro líder Antauro Humala postule en estas elecciones de enero de 2020”.

Esta afirmación es falsa

El artículo 113 de la Ley Orgánica de Elecciones establece que “no pueden ser candidatos” a congresista ni parlamentario andino “las personas condenadas a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, por la comisión de delito doloso”, como es la situación de Humala Tasso.

El mayor del Ejército en retiro purga una condena de 19 años de cárcel en el penal Virgen de la Merced de Chorrillos. Fue sentenciado por los delitos de homicidio simple, secuestro, daños agravados, sustracción de armas de fuego y rebelión cometidos en enero del 2005.

El abogado penalista Carlos Caro explicó que el cabecilla del ‘andahuaylazo’, al estar en prisión con sentencia firme, no tiene derecho a votar ni a ser elegido. “Ojo, es distinto a la prisión preventiva, hay que recordar que Gregorio Santos sí pudo postular, porque no tenía una condena y lo amparaba la presunción de inocencia”, refirió.

Caro también indicó que así Antauro Humala salga mañana de prisión, aún no está rehabilitado, porque antes debe pagar el 100% de la reparación civil que adeuda o su defecto cumplir toda su sentencia, que según el INPE termina el 17 de enero del 2022. Agregó que Acuña puede recurrir al JNE, pero “sus posibilidades son remotas”.

El Comercio intentó comunicarse con el excongresista Acuña, pero este no respondió a nuestras llamadas.

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