La Comisión de Constitución aprobó restricciones contra excondenados por terrorismo y homicidio. (Foto: GEC)
La Comisión de Constitución aprobó restricciones contra excondenados por terrorismo y homicidio. (Foto: GEC)
Redacción EC

La aprobó una reforma constitucional para incluir impedimentos para que haya funcionarios públicos designados o elegidos por voto popular y así restringir que haya sentenciados por delitos de terrorismo, homicidio y otros incluso después de haber cumplido con sus condenas de prisión efectiva.

El dictamen aprobado este martes 14 de marzo por mayoría propone modificaciones en artículos de la Constitución donde se indican las prohibiciones para que haya candidatos a cargos de elección popular o designaciones dentro del Estado.

En el artículo 34 se incluye que no puedan postular en elecciones personas condenadas a pena privativa de la libertad efectiva o suspendida, ya sea en calidad de autores, cómplices o instigadores, hasta por diez años luego de cumplir su condena.

Los delitos incluidos en esta restricción son terrorismo, apología al terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado, corrupción de funcionarios, homicidio en sus diferentes modalidades, trata de personas, secuestro, traición a la patria, entre otros.

Esta misma prohibición alcanza a las personas que puedan ejercer la función pública también por los mismos actos ilícitos y por diez años luego de cumplir su condena.

Una vez que este dictamen sea agendado, deberá ser sometido a votación en el pleno del Congreso y por tratarse de una reforma constitucional, deberá ser aprobado por mayoría simple y luego por un referéndum, o por dos votaciones en dos legislaturas diferentes con más de 87 votos.

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