La reciente denuncia constitucional contra el congresista Carlos Bruce por peculado ha vuelto a abrir la discusión sobre si el oficialista debe ser sancionado por haber solicitado resguardo policial para la inauguración de su restaurante.
Bruce, vocero de la bancada de gobierno, se defendió el domingo y dijo que en su caso, que está en la Subcomisión de Acusaciones, no se configura este delito porque, a su criterio, en la norma “no existe” la tentativa de peculado (uso indebido de los recursos del Estado).
Este Diario consultó con los penalistas Carlos Caro y César Nakazaki sobre este caso. Ambos coincidieron en que el parlamentario se equivoca al decir que la tentativa de peculado no puede ser sancionada.
“La tentativa aparece regulada en el artículo 16 del Código Penal con carácter general”, dijo Caro. Y precisó que el delito de peculado se consumó cuando Bruce utilizó los recursos (carta membretada, servicio de mensajería) del Congreso para pedir el resguardo policial. “Ahí no se evalúa tanto el tema del dinero, sino el propio uso de los recursos”, añadió.
Por su parte, Nakazaki opinó que “el tema no debe evaluarse como tentativa de peculado, porque el recurso público en cuestión no era el personal policial para el resguardo, sino los sellos, la documentación que forma parte del Congreso, y que fueron usados por el congresista”.
MÁS EN POLÍTICA:
#AcuerdoNacional: ¿quiénes representarán a los partidos? ►https://t.co/BIkrOKYigM pic.twitter.com/UTQlFVuaAA
— Política El Comercio (@Politica_ECpe) 27 de diciembre de 2016