¿Qué pasa con la inmunidad parlamentaria tras la disolución del Congreso? (Foto: GEC)
¿Qué pasa con la inmunidad parlamentaria tras la disolución del Congreso? (Foto: GEC)
Karem Barboza Quiroz

A los 130 políticos que hasta el último lunes desempeñaban sus funciones en el , según la Constitución, les asistía la inmunidad parlamentaria por su condición de altos funcionarios.

Dicha inmunidad los protegía para no ser arrestados o procesados sin la autorización del pleno de Parlamento. Salvo en flagrancia.

Sin embargo, tras la anunciada la tarde del 30 de setiembre por el presidente Martín Vizcarra, ¿qué sucederá con esa prerrogativa constitucional?

Cabe precisar que los miembros de la Comisión Permanente no pueden ser sometidos a ningún proceso, pues ellos aún continúan en funciones, de acuerdo a la Constitución.

Rafael Chanján, abogado penalista, dijo - a El Comercio- que habría que analizar caso por caso y a qué tipo de investigación están siendo sometidos.

“De acuerdo a la Constitución, esa inmunidad indica que no pueden ser detenidos, ni procesados penalmente durante su función o hasta un mes después de haber terminado su mandato"


Por ejemplo, indicó, esto se podría aplicar a los congresistas del Parlamento disuelto, que antes de entrar a la función congresal, ya tenían procesos penales por presentación de documentos falsos.

Por otro lado, están los que son investigados en el ejercicio de sus funciones “en ese caso la inmunidad se extiende por cinco años, pues deben pasar por el denominado antejuicio político”. Tiene que haber una acusación constitucional, debe ser aprobada para pasar a la siguiente etapa.

¿Qué sucede si el Ministerio Público decide, en los próximos días, denunciar constitucionalmente a un congresista del disuelto Parlamento?

Según Chanján, la Constitución no se ha puesto en esa situación.

“Yo creo que tendría que esperar a que se reconforme el nuevo Congreso para realizar el trámite que se ha establecido. Actualmente eso no se puede hacer en la medida de que el Parlamento está disuelto y solo opera la Comisión Permanente”, expresó.

-Investigaciones en curso continúan-

¿Qué sucederá con los que actualmente están siendo investigados en el Ministerio Público? Según el abogado penalista, Luis Lamas Puccio, “los que están siendo investigados en la actualidad deben de continuar en ese proceso”, debido a que los hechos que son motivos de investigación se suscitaron en el momento en que estaba vigente la inmunidad para cada caso en particular.

“Los que están siendo investigados en la actualidad deben de continuar en ese proceso".


“En todo caso, si tiene que resolverse el antejuicio o el levantamiento de la inmunidad parlamentaria, lo que tiene que indicarse es que este Congreso no lo podría hacer porque en términos prácticos ha sido disuelto. Deberá ser un nuevo Congreso”, dijo Lamas Puccio.

Sostuvo que la Comisión Permanente no puede tramitar un proceso de antejuicio parlamentario o levantar la inmunidad, debido a que esto debe cumplir con todo un pronunciamiento administrativo interno.

“Debe seguir un trámite, desde el pronunciamiento mismo de la comisión que analiza el levantamiento de las inmunidades parlamentarias y someterse al Pleno que corresponda en su debida oportunidad”, dijo.

-Los 30 días después-

¿Cómo se procede si la Fiscalía busca someter a un proceso penal alguno de los congresistas del parlamento disuelto?

Mario Amoretti, abogado penalista, indicó que si el Ministerio Público, en la actualidad, quisiera procesar a alguno de ellos por algún delito común, se debe esperar un mes desde el pasado 30 de setiembre en que se disolvió el Congreso, para recién iniciar este trámite.

“Actualmente tienen la inmunidad hasta 30 días luego de haber cesado. Es decir, en este caso, los días se cuentan desde el 30 de setiembre. Luego de eso puede ser denunciado como cualquier persona común y corriente".


Reiteró que en el caso de los que cometieron delito de función, que estén siendo investigados y se quisiera proceder a denunciarlos penalmente, estos sí necesitarán pasar por el antejuicio que son cinco años.

-Al pie de la Constitución-

La inmunidad parlamentaria está contemplada en el Artículo 93 de la Constitución y en concordancia con el artículo 16 del Reglamento del Congreso, que al pie de la letra indica:

“No pueden ser procesados ni presos, sin previa autorización del Congreso o de la Comisión permanente, desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, excepto por delito flagrante, caso en el cual son puestos a disposición del Congreso o de la Comisión Permanente dentro de las veinticuatro horas, a fin de que se autorice o no a la privación de la libertad”

Además, la Ley Orgánica del Poder Judicial indica entre sus funciones, formular ante el Congreso de la República, si fuera el caso, el requerimiento para que se levante la inmunidad parlamentaria y se autorice la tramitación de un proceso penal contra el Congresista a que se refiere la resolución del órgano jurisdiccional de origen.

Reglamento del Poder Judicial para solicitar el levantamiento de inmunidad parlamentaria
Reglamento del Poder Judicial para solicitar el levantamiento de inmunidad parlamentaria

“Siempre que se cumplan los presupuestos y requisitos establecidos en los artículos 2 y 3 de la Resolución Administrativa de Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República N° 009-2004-SP-CS de fecha 28/12/2004. (Reglamento que regula el Procedimiento Judicial para requerir el levantamiento de Inmunidad Parlamentaria)”, se indica.

-Los casos-

En la actualidad, la Fiscalía de la Nación tiene en giro diversas investigaciones contra los altos funcionarios que formaban parte del parlamento disuelto. Algunos casos a continuación:

-Investigación preliminar contra Marita Herrera Arévalo, por el presunto delito contra la administración pública-tráfico de influencias agravado.

El caso se vincula a su presunta participación en la irregular elección del alcalde del distrito de Cajaruro (Amazonas), Hildebrando Tino Díaz, durante las elecciones regionales y municipales del 7 de octubre de 2018.

-Roberto Vieira viene siendo investigado por el presunto delito de tráfico de influencias tras la denuncia de que solicitó dinero a su primo para gestionar el levantamiento de una sanción a una embarcación pesquera.

El Poder Judicial dictó sobre él el impedimento de salida del país por 15 días; sin embargo no ha sido cometido al levantamiento de su inmunidad aún.

Roberto Vieira intento por segunda vez salir del país, pero tenía impedimento de salida.
Roberto Vieira intento por segunda vez salir del país, pero tenía impedimento de salida.

- Nelly Lady Cuadros Candia, es investigada por el presunto delito contra la administración pública, en la modalidad de peculado de uso. Esto, tras la denuncia de presunta utilización indebida de un vehículo oficial, en el distrito de Mollepata, de la provincia cusqueña de Anta.

-Úrsula Letona es investigada por la Fiscalía de la Nación por el presunto delito de tráfico de influencias y cohecho activo genérico. El caso corresponde a una denuncia que se realizó en su contra indicando que como abogada habría ofrecido usar sus influencias para favorecer a una empresa pesquera.

-A César Campos Ramírez se le investiga por el presunto delito de concusión y otros. Por, supuestamente, haber solicitado un porcentaje de su sueldo a los trabajadores de su despacho.

-Jorge Castro, es investigado tras la denuncia de su extrabajadora Paola Alave Quispe de recortarle el salario y obligarla a pagar el alquiler de una oficina en Tacna.

-Richard Acuña Núñez es investigado por supuestamente presentarse ante la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) como representante de la Universidad de Sipán.

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