JEE declaró infundados pedidos de exclusión contra Alan García
JEE declaró infundados pedidos de exclusión contra Alan García
Redacción EC

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 decidió declarar infundados los pedidos de exclusión presentados contra el candidato presidencial de Alianza Popular, , por la presunta vulneración del artículo 42° de la Ley de Organizaciones Políticas.

"Se declara infundadas las solicitudes de exclusión interpuestas contra el candidato Alan García, por Alianza Popular, formuladas por los ciudadanos Ruth Balbuena Gutarra y Carlos Alberto Ibáñez Vignolo, en el marco de las Elecciones Generales 2016", se lee en la resolución emitida hoy.

"No se ha verificado la concurrencia de los elementos constitutivos de la acción prohibida, toda vez que no se verifica de manera fehaciente que la promesa y/o entrega de productos hubiese sido realizada por voluntad de este", se visualiza en el expediente emitido por el JEE Lima Centro 1.

Las pedidos presentados contra Alan García señalaban que este entregó cerveza y premios a electores durante un evento denominado 'Festialan', realizado el pasado 14 de febrero, ya cuando la Ley de Organizaciones Políticas se encontraba vigente.

Ese día, el animador del evento, en presencia de Alan García, dijo: "¿Dónde está la gente que quiere las chelas y el premio? Se vienen las chelas heladitas para toda la gente y vamos a regalar celulares esta tarde también".

Asimismo, el cantante Erick Elera arrojó al público un oso de peluche con el logo de la Alianza Popular. 

Sin embargo, el informe del área de Fiscalización del Jurado Nacional de Elecciones sobre esos hechos no determinó que Alan García haya infringido la norma.

"No se podría establecer fehacientemente que el candidato por la referida alianza vulneró lo establecido en el artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas", había adelantado Fiscalización del JNE.

El artículo 42° de la Ley de Organizaciones Políticas (antes llamada Ley de Partidos Políticos) prohíbe la entrega u ofrecimiento de dádivas o dinero, y sanciona con la exclusión de la campaña a los candidatos que infrinjan este principio.

Alianza Popular podría ser sancionada
El JEE Lima Centro 1 menciona, sin embargo, que queda claro que la actividad denominada 'Festialan' estuvo a cargo de Alianza Popular, y que durante su desarrollo sí se hicieron promesas u ofrecimientos de regalos.

"Ello, a través de terceros, como son los cantantes y animadora que participaron en el evento [...] Asimismo, con la entrega de un elemento de propaganda electoral [oso de peluche con el distintivo de la organización política] que podría exceder el monto previsto por la ley como propaganda electoral permitida", señala la resolución.

"Se debe determinar si la conducta prohibida corresponde a Alianza Popular, o a una de las organizaciones que la integran, esto es, al Partido Aprista Peruano, Partido Popular Cristiano, o Vamos Perú; por lo que se remite copia de la presente resolución a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) a efectos que proceda conforme a sus atribuciones", se determina.

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