La defensa de Keiko Fujimori solo quiere que sus argumentos sean escuchados y le es indiferente que el fiscal Rodríguez Monteza se haya pronunciado para respaldar su postura.
La defensa de Keiko Fujimori solo quiere que sus argumentos sean escuchados y le es indiferente que el fiscal Rodríguez Monteza se haya pronunciado para respaldar su postura.
Josefina Miró Quesada

Ayer se postergó la audiencia de la Corte Suprema para revisar el recurso de casación presentado por la lideresa de Fuerza Popular, . Esto luego de que uno de los magistrados, Jorge Castañeda Espinoza, se inhibiera de evaluarlo. 

La decisión se dio horas después de la difusión de audios publicados por IDL-Reporteros que evidenciaban una relación cercana con el prófugo ex magistrado, César Hinostroza.

, defensa de Fujimori, brindó una entrevista a este Diario para conversar sobre este y otros sucesos referidos al recurso que pretende anular la prisión preventiva contra su defendida.

-¿Cuáles son los argumentos de la casación para sostener que se ha aplicado mal el derecho?
La casación es un recurso extraordinario que cuestiona la afectación a garantías constitucionales y aspectos de carácter procesal o penal sustantivo. Nosotros cuestionamos la resolución de la Sala Penal Superior. Aquí se ha afectado la garantía de imputación necesaria. La Sala reconoció que el juez de primera instancia varió el marco de imputación y añadió elementos de convicción ajenos al debate. Pese a ello, confirmó la prisión preventiva. Si varías la imputación y reconoces que el juez lo hizo mal, entonces, quitas el primer presupuesto de la prisión preventiva.

-Pero eso no significa que la instancia en apelación haya desconocido que hay graves y fundados elementos de convicción sobre el lavado de activos.
No dice en dónde se sustenta la sospecha grave y fundada que exige la sentencia plenaria. Hay un estándar que acá no se respeta. La Suprema ha dicho que el estándar para una investigación preparatoria debe ser mayor incluso que cuando se establece la acusación o la autorización para pasar a juicio oral. En este caso, no hay siquiera una sospecha simple. Al final, a Keiko solo se le mantiene la prisión preventiva en base a un elemento de convicción, que es la declaración de testigo protegido número 3, que no dice nada fundado ni de lavado de activos de Keiko y menos de obstrucción.

-Pero no solo es eso. Está el dinero entregado de origen ilícito y la declaración del ex gerente de Odebrecht en Perú, Jorge Barata, que dice que el aporte a Fuerza Popular se hizo en la campaña de 2011…
Lo único que hay respecto de esa hipótesis es una declaración de Barata no corroborada por ninguno de los funcionarios que trabajaban con él. Incluso hay contradicciones en su declaración. No tiene cómo probar si entregó o no el dinero, o si este dinero entró o no a Fuerza Popular.

-Sobre el riesgo de obstaculización, la sala dice que es concreto, y no una especulación. ¿Se puede cuestionar en casación lo que ya se probó en instancias previas, esto es, que Keiko incidió en la declaración de testigos?
Ya la Corte reconoció que no hay peligro de fuga, pero se mantiene un riesgo de menor intensidad: obstrucción de justicia. Lo único que queda es lo que dice el testigo protegido que no ha sido suficientemente corroborado. Si la fiscalía tiene mecanismos para resguardarlo, no hay un factor de obstrucción. El fiscal tiene el control de investigación y los mecanismos adecuados para proteger [al testigo], ¿por qué dictar una prisión preventiva?

-Se habla de una presunta organización criminal, ¿no hay un potencial riesgo de que sus redes de poder perturben la actividad probatoria? Acá se le imputa a Keiko haber presionado o amenazado a supuestos aportantes para mentir sobre aportes que no hicieron. En otras palabras, el haber incidido directamente en la declaración de testigos.
Eso se le imputa, pero no hay un elemento de convicción palpable en ese sentido. Keiko solamente está presa porque es líder del partido Fuerza Popular.

-¿Pero por serlo no tiene un poder tremendo de incidir o alterar la investigación en su contra?
Es que ahí empezamos con la especulación. Tienes que presentar un elemento de convicción, que es lo que exige el ordenamiento procesal penal y establece tu hipótesis. No puedes lanzar una afirmación sin sustentarla. La ley es clara y aquí no se ha respetado.

-La denuncia contra el asesor del Congreso que viaja a San Martín a buscar un vínculo ente el fiscal Rafael Vela y el ex congresista Rolando Reátegui, ¿no genera sospecha de actos que pretenden incidir en la investigación?
No hay un peligro de obstrucción porque para que exista tiene que estar relacionada con la investigación, no con el desprestigio del fiscal. Además, el señor ha sido citado a la fiscalía sobre su actuar. A nosotros no se nos pueden trasladar cuestiones ajenas. Lo único que pedimos es que se vea nuestro pedido de casación.

-El fiscal supremo Víctor Rodríguez Monteza presentó este miércoles una opinión sobre la postura del Ministerio Público, solicitando que la casación sea declarada fundada. ¿Ha podido leerla?
No. El lunes ya la estaré pidiendo oficialmente para que nos corran traslado.

-Entre sus argumentos dice que la prisión preventiva debe dictarse cuando se pasa a la última etapa del proceso penal, al juicio oral, ¿es acaso válido?
Bueno, tú sabes que en derecho hay distintas interpretaciones. No he leído el pedido. Pero sí me amparo a lo que dice la sentencia plenaria y esta dice que el estándar de sospecha grave en la preparatoria debe ser mayor a la de acusación o la autorización para pasar a etapa judicial.

-Si el juez Castañeda se inhibió por un audio que, según algunos especialistas, no despertaba necesariamente sospechas de indicios irregulares, ¿debería exigírsele lo mismo al señor Monteza?
Sea quien sea el fiscal o juez, la fortaleza de la defensa de Keiko están en nuestros argumentos del pedido de casación. Estamos muy sólidos. Hemos sido muy prudentes y hemos esperado ansiosamente este día y se ha frustrado por algo que no es nuestro.

-¿No cree que es saludable que los jueces se inhiban si hay cuestionamientos de parcialidad?
Lo que yo critico es que lo hagan minutos antes de la audiencia. El señor Castañeda está participando en el trámite de la casación desde hace meses. Si tenían algo que cuestionar, lo debieron hacer antes, la fiscalía nos hubiera avisado, y ahora, por decoro, para evitar especulaciones, se ha inhibido. ¿Qué pretenden? Si siguen así, al final, me quedo sin magistrados supremos para ver el caso de Keiko. ¿Eso quieren?

-Tampoco fue oportuno el pedido de Rodríguez Monteza, ¿o sí?
A mí no me importa quién sea el fiscal o el juez. Yo quiero que sean escuchados mis argumentos ya. No puede quedar esta incertidumbre tanto tiempo.

-IDL-Reporteros publicó una denuncia de aspirantes a colaboradores eficaces que dicen que Keiko llamó a un ex miembro del CNM, Guido Águila, para incidir en la ratificación de una jueza que vería su caso, ¿no muestra riesgo para obstruir la justicia?
Es una declaración filtrada y reprochamos que se haga eso de un sector de la fiscalía. No creo que el aspirante a colaborador ha ido a declarar a IDL. Eso debe ser corroborado.

-Cierto, pero el colaborador también se arriesga a declarar algo tan grave y a no recibir el beneficio que se le promete, si miente.
Eso debe ser corroborado. Tiene la obligación de hacerlo. Acá se está actuando de una manera muy ligera. Mi crítica es que muchas prisiones preventivas se están dando por el dicho de un aspirante a colaboración eficaz. Lo mismo con la figura del testigo protegido, ¿y dónde queda la corroboración? Josefina, yo no puedo decir mañana que tú hiciste tal o cual cosa, y mañana te vas presa.

-Claro, pero quien lo dice reconoce que es un delincuente y no es poca cosa. También se arriesga y no puede mentir tan fácil.
Es que es su obligación corroborarlo. Al final, ese es un proceso de colaboración eficaz y no todos los procesos de colaboración llegan a finalizar.

-Decir que el dicho de un aspirante a colaborador no puede respaldar una medida cautelar restrictiva de derechos tampoco es cierto.
Es que no puede. La ley lo prohíbe. El artículo 158.2 del Código Procesal Penal lo dice.

-Evidentemente no puede por sí solo. Está el dinero ilícito entregado, los aportantes fantasmas, la declaración de otros testigos, cuantiosas transferencias bancarias.
¿Y dónde está la corroboración? ¿En qué contexto se ha dado? Vayamos a lo concreto, a los elementos de convicción sólidos, suficientes, grave, fundados.

-¿La prisión preventiva contra Keiko es una pena anticipada?
Por la manera cómo se le ha impuesto esta prisión preventiva, sí, porque no hay fundamentos sólidos para mantenerla.

-¿Hay un abuso de la medida? [En términos estadísticos, ha disminuido un 20% en los últimos 7 años]
Yo he reclamado sobre el abuso de la prisión preventiva no desde la defensa de Keiko, sino desde hace mucho, desde que daba clase y he enseñado, siempre he reprochado eso. En algunos casos, se está haciendo un uso abusivo de la prisión preventiva. No significa que esté en contra de la medida.

-¿Keiko es una perseguida política?
Es el primer caso en mi vida donde veo tanta presión y tanto odio contra la señora Fujimori. Un odio injustificado e indebido. Solo pedimos que se respeten los derechos fundamentales. Como abogada es lo que reclamo y voy a seguir reclamando.

-¿Le parece que se está politizando la justicia?
Demasiado. Lo reclamé desde el día 1 de instalada la audiencia. Este es un proceso que se ha politizado en perjuicio de la señora Fujimori.

-¿Ha hablado con Keiko Fujimori?
Sí. No ha sido una noticia muy grata. Estábamos muy esperanzadas en ser escuchadas hoy, para tener un pronunciamiento en los días siguientes. Pero mantenemos la fe intacta en que las instancias supremas escuchen y amparen nuestro pedido.

-Si se declara infundada la casación, ¿presentará un habeas corpus?
Sí. Esperemos que nos amparen la casación. Tenemos mucha fe y certeza, en que debería declararse fundada en base a los argumentos que presentamos.