¿Qué pasó con la empresa involucrada en el caso "Petroaudios"? - 1
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La Sala Penal Permanente de Corte Suprema de Justicia reprogramó para el próximo miércoles 17 de mayo la audiencia para evaluar el , por el que se absolvió al ex militante aprista Rómulo León Alegría.

Ello luego de que la sala declarara infundada la inhibición del juez supremo Josué Pariona Pastrana, quien pidió apartarse para evitar cuestionamientos a su proceder y contaminar el proceso.

Cabe anotar que la defensa de Rómulo León alegó que el juez Pariona había adelantado opinión por brindar declaraciones “particulares” sobre la condición de los audios del caso durante una entrevista en el Consejo Nacional de la Magistratura.

Sin embargo, el tribunal desestimó tal planteamiento y resolvió que Pariona Pastrana continúe presidiendo la sala y participe del caso.

En 2016, la Tercera Sala Penal Liquidadora de Lima absolvió por el Caso Petroaudios a Rómulo León, Alberto Químper, Jostein Kar Kjerstad, Lucio Francisco Carrillo Barandarian, Liliana Tamy Callirgos Ruiz, Elmer Tomas Martinez Gonzales, Winston Wusen Sam, José Luis Sebastian Calvo, Daniel Antonio Saba De Andrea, Cesar Felipe Gutierrez Peña y Miguel Hernán Celi Rivera.

Ello al considerar que León Alegría solo actuó como un “gestor de intereses”, algo que está permitido por la ley y, sobretodo, porque las pruebas -audios y correos electrónicos- en las se mostraba una presunta corrupción fueron consideradas como “prueba ilícita” durante el juicio oral.

-El fondo-
Tras esta decisión, el colegiado supremo tiene libre la vía para escuchar el pedido de nulidad de la absolución que planteó el Ministerio Público y de la Procuraduría Anticorrupción.

Sobre este punto, el Ministerio Público consideró que los audios deben declararse prueba válida, ya que debería primar el interés del Estado sobre el derecho a la privacidad de las comunicaciones de los procesados.

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.: "Quien promovió asesinatos y corrupción debe cumplir su pena" ► — Política El Comercio (@Politica_ECpe)