Los magistrados que integran el pleno del Tribunal Constitucional (TC) vienen ultimando los detalles de lo que será la resolución que por mayoría rechazó la demanda competencial interpuesta por Pedro Olachea, titular de la Comisión Permanente, contra el Ejecutivo por la disolución del Congreso.
Como se recuerda, el último martes, el TC votó a favor de declarar constitucional la decisión del presidente Martín Vizcarra, de disolver el Parlamento, al asumir que se le había negado -por segunda vez- la cuestión de confianza.
El magistrado Carlos Ramos, ponente del caso, informó a El Comercio que el documento que fue aprobado por mayoría en el pleno se viene ajustando. Sobre todo, en algunas pautas para establecer cuándo el Ejecutivo no puede plantear la cuestión de confianza ante el Parlamento.
“Se está agregado a la ponencia cierto casos en los que no se podría plantear la cuestión de confianza. Mi despacho está preparando el material. La sentencia la debo firmar mañana, jueves”, explicó.
El magistrado explicó que algunos parámetros que se está estableciendo se refieren a que “no puede plantearse una cuestión de confianza en blanco”, es decir, sin contenido sustancial. Tampoco se podrá plantear una cuestión de confianza que suponga la vulneración de derechos fundamentales.
Del mismo modo, tampoco se procedería cuando se refiera a materia de competencias presentados en proyectos de Ley.
Dichos parámetros serán analizados junto a los propuestos por la magistrada Marianella Ledesma, presidenta del TC.
La magistrada explicó que también se contempla establecer que no corresponde solicitar la confianza cuando esté relacionada “a la supresión de la esencia de alguna cláusula de intangibilidad de la Constitución”.
Dijo también que, por ejemplo, no tendría cabida una propuesta para cambiar el modelo de Gobierno o modelo democrático, o “que se elimine el principio de la separación de poderes; eso jamás podría darse”.
Se contempla, además, que no procedería “cuando esté relacionado con aspectos que redunden en un beneficio personal de algún integrante del Poder Ejecutivo” o que “se relacione con alguna atribución constitucional que ha sido otorgada a otro órgano [o poder]”.
Finalmente, tampoco podría proceder plantear la confianza “en los casos de proyectos de ley que afecten temas de interés público”.
Todos los magistrados tendrán hasta el 23 de enero para entregar y firmar el fundamento de sus votos.
El 30 de setiembre del 2019 el presidente Martín Vizcarra disolvió el Congreso de la República, luego de que este se negara a suspender la elección de los magistrados del Tribunal Constitucional. Esto, debido a que, a través de un proyecto de ley, se había planteado modificar el mecanismo de selección de sus integrantes.