La fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, formuló denuncia constitucional contra los miembros del Congreso disuelto Javier Velásquez Quesquén (Apra) y Marvin Palma (Cambio 21), así como al excontralor Edgar Alarcón por sus presuntos vínculos con la organización criminal Los Temerarios del Crimen.
Ávalos imputa a Velásquez y Palma la presunta comisión del delito de tráfico de influencias agravado, mientras que a Alarcón el presunto delito de cohecho pasivo propio.
Según la tesis fiscal, Velásquez y Palma habrían gestionado en el 2016 una reunión entre el entonces alcalde de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, David Cornejo Chinguel, y el excontralor Edgar Alarcón, a cambio de beneficios económicos.
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La fiscalía señala que en la reunión entre el exalcalde y el excontralor, en la que participaron Velásquez y Palma, se conversó sobre el levantamiento del bloqueo de las cuentas corrientes de la Municipalidad Provincial de Chiclayo.
Los integrantes del Congreso disuelto –según la fiscalía– también habrían asegurado que se iba a levantar el congelamiento de las cuentas.
Las investigaciones fiscales señalan que el exalcalde encabezaría la presunta organización Los Temerarios del Crimen, acusada de utilizar la administración de la Municipalidad Provincial de Chiclayo para obtener beneficios económicos ilícitos. También se la vincula con el cobro de coimas para la obtención de licencias municipales, actos de corrupción en la ejecución de obras públicas, malversación de fondos, entre otros.
La fiscalía señala que el excontralor Alarcón habría recibido S/30.000 de parte de Cornejo para levantar el bloqueo temporal de las cuentas corrientes de la municipalidad.
Agrega que la medida de levantamiento fue adoptada “pese a que no correspondía, al no haberse subsanado las observaciones efectuadas por el órgano de control institucional”.
Los abogados penalistas Luis Lamas Puccio y Carlos Caro Coria señalaron que los integrantes del Congreso disuelto y el excontralor tienen derecho al antejuicio político, al ser acusados de presuntos delitos de función, no de delitos comunes.
—Descargos—
Alarcón dijo al El Comercio: “La fiscalía no ha considerado la declaración de [Cornejo] Chinguel en la que dice que nunca me dio la plata”.
Agregó que la reunión que sostuvo con el exalcalde y los integrantes del Congreso disuelto “fue protocolar” y no hubo acuerdos ilícitos.
Hasta la publicación de esta nota, Velásquez no respondió nuestras llamadas ni mensajes; sin embargo, en julio pasado aseguró a la fiscalía que es una práctica común que los alcaldes soliciten a los congresistas audiencias para hablar con funcionarios sobre temas de interés público.
Agregó que no gestionó la reunión entre Cornejo y Alarcón, pero sí asistió a esta.
Además, en sus redes sociales aseguró que “los fundamentos de la fiscalía son falsos”. Agregó que “no se puede criminalizar la función de representación congresal”
En tanto, Marvin Palma manifestó a El Comercio que “la denuncia no tiene ni pies ni cabeza” porque –señaló– ningún testigo de la fiscalía menciona que él haya realizado acuerdos ilícitos.
“Voy a colaborar con las investigaciones, pero me parece un exceso la denuncia”, dijo.
—Postula al Congreso—
Édgar Alarcón es candidato al Congreso por la región Arequipa con el partido político Unión por el Perú. En el 2017, el Parlamento lo removió del cargo de contralor por “falta grave”, tras ser denunciado por presuntamente realizar actividades lucrativas irregulares.
Marvin Palma es miembro de la Comisión Permanente del Congreso, que continúa en funciones tras la disolución.
—Puntos claves y antecedentes del caso—
1. La situación legal de los denunciados por la fiscal de la Nación
Según la acusación de la fiscalía, Javier Velásquez Quesquén, Marvin Palma y Edgar Alarcón habrían cometido delitos por abuso de sus cargos. En este caso, los tres están protegidos por el derecho al antejuicio político hasta cinco años después del cese de sus funciones, precisó el abogado penalista Carlos Caro.
2. ¿Qué se requiere para que sean procesados?
Debido a que el Congreso fue disuelto el 30 de setiembre pasado, se debe esperar hasta la instalación del nuevo Parlamento. Cuando ello ocurra, la fiscalía puede presentar la denuncia ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales. Si esta procede, pasa a la Comisión Permanente y, en última instancia, al pleno.
3. ¿Cuál es la diferencia entre un delito común y uno de función?
Un delito de función es aquel que cometen los altos funcionarios en el ejercicio de sus funciones. En tanto, un delito común es aquel que puede ser realizado por cualquier persona, independientemente del cargo que ostenta. Un ejemplo es el delito de tocamientos indebidos que se le imputa a Moisés Mamani (Fuerza Popular).
4. La otra investigación contra Edgar Alarcón
En julio pasado, la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, formalizó una investigación a Edgar Alarcón por el presunto delito de enriquecimiento ilícito debido a que se le detectó desbalance patrimonial. Esto ocurrió dos años después de que el Congreso lo removiera de su cargo, tras analizar cuatro faltas que habría cometido.