Marco Tulio Falconí adelantó que recurrirá a la vía judicial si no asume como miembro titular de la JNJ. (Foto: GEC)
Marco Tulio Falconí adelantó que recurrirá a la vía judicial si no asume como miembro titular de la JNJ. (Foto: GEC)
/ JESSICA VICENTE
Martín Calderón

El abogado , seleccionado como miembro titular de la (JNJ), adelantó que planea acudir a la vía judicial para defender su elección, que está siendo revisada por la comisión especial para la JNJ.

Falconí aseguró que legalmente no se le puede remover del cargo porque el proceso de elección de los miembros de la JNJ acabó el 30 de diciembre pasado. En esa línea añadió que, por ejemplo, la audiencia en la que fue consultado por sus conversaciones telefónicas con el exjuez supremo César Hinostroza no estaba prevista en la ley.

Pero los constitucionalistas Luciano López, Samuel Abad y Erika García Cobián señalaron a El Comercio que, contrario a lo que aseguró Falconí, la comisión aún tiene facultades para sacarlo de la lista de integrantes titulares de la JNJ, amparada en el informe de Servir que concluye que recibió una bonificación que no le correspondía.

Los expertos coincidieron en que modificar el puntaje que obtuvo Falconí en el concurso de selección y anular su nombramiento como miembro titular de la JNJ es el único camino que ahora tiene la comisión especial.

1. ¿Qué puede hacer la comisión especial para la JNJ?

Luciano López explicó a El Comercio que la comisión puede apelar a la figura de la nulidad de oficio para dar marcha atrás al nombramiento de Falconí como integrante titular de la JNJ.

La comisión especial para la JNJ evaluará la situación de Falconí en los próximos días. (Foto: GEC / Manuel Melgar)
La comisión especial para la JNJ evaluará la situación de Falconí en los próximos días. (Foto: GEC / Manuel Melgar)
/ NUCLEO-FOTOGRAFIA > MANUEL MELGAR

A nivel jurídico, lo que haría es una revisión sobre lo ya decidido. Esto porque un informe de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) concluyó que Falconí obtuvo una bonificación que no le correspondía en su calificación (del 10% adicional al puntaje que logró en la etapa de entrevista).

Procedimentalmente tiene que seguir ese camino para ajustarse a la ley. Si la comisión considera que el acto anterior tiene problemas de nulidad, puede volver a emitir una nueva decisión”, dijo López.

El constitucionalista añadió que lo que dice Falconí sobre la finalización del concurso de selección de los miembros de la JNJ “es correcto, procedimentalmente hablando”, pero la Ley de Procedimiento Administrativo General faculta a revisar una decisión hasta en un plazo máximo de un año.

Esto dice la norma:

Artículo 202 de la Ley del Procedimiento Administrativo General
Artículo 202 de la Ley del Procedimiento Administrativo General

2. ¿Se vulnera algún derecho de Falconí?

Los constitucionalistas Samuel Abad y Erika García Cobián precisaron que anular el nombramiento de Falconí no significará vulnerar algún derecho.

“No es que se le esté excluyendo del proceso. Lo que ocurre es que se le está eliminando un bono que no le correspondía. Él queda en la lista, pero en el lugar que le corresponde, sin privilegio alguno”, dijo Abad.

Resolución de Servir sobre bonificación para licenciados de las Fuerzas Armadas.
Resolución de Servir sobre bonificación para licenciados de las Fuerzas Armadas.

Sin la bonificación, Falconí pasa del quinto al décimo lugar en la lista de seleccionados para la JNJ; es decir, se convertiría en un miembro suplente, ya que los titulares son los siete primeros puestos.

“El tema es muy claro y no genera discusión”, dijo Abad, en relación a que la bonificación se le otorgó por una ley del año 2018 que fomentaba que los jóvenes presten el servicio militar voluntario. Esa misma norma excluía expresamente a quienes habían estudiado en colegios militares, como fue el caso de Falconí, quien cursó la secundaria en el colegio militar Francisco Bolognesi de Arequipa.

García Cobián resaltó que Falconí todavía no ha jurado y que los cuestionamientos a su elección “son aspectos muy relevantes en relación con la conformación de la Junta Nacional de Justicia". "No son asuntos menores”, exclamó.

La constitucionalista aclaró que el informe de Servir no dice qué lo es que hay que hacer con Falconí. “Eso lo tiene que decidir la comisión, pero es clarísimo que no le corresponde la bonificación”.

Resolución de Servir sobre bonificación para licenciados de las Fuerzas Armadas.
Resolución de Servir sobre bonificación para licenciados de las Fuerzas Armadas.

3. ¿Qué opciones legales tiene Falconí?

López, Abad y García Cobián señalaron que Falconí tiene derecho a impugnar ante el Poder Judicial si la comisión especial lo saca de la lista de miembros titulares de la JNJ.

López detalló que el abogado podría presentar una demanda contencioso administrativa.

En opinión de García Cobian, “no estaría fundado un eventual reclamo”, aunque tiene derecho a hacerlo.

En tanto, Abad señaló que Falconí “tiene todo el derecho de evaluar qué recurso podría presentar. Determinará cuál es la vía, pero ojo que no lo están excluyendo, lo que harán es no reconocerle un beneficio que no le corresponde. Y en consecuencia, lo dejan con el puntaje que sí obtuvo”.

Por el momento, Falconí tiene un plazo de hasta cinco días para dar sus descargos al informe de Servir. El abogado insiste en que sí le correspondía la bonificación, que le permitió obtener 31 puntos en la fase de entrevista, y con ello sumar un puntaje global de 81,50.