La magistrada Susana Castañeda indicó que solo se pronunciaría sobre plazos de la prisión preventiva contra Keiko Fujimori. (Foto: Anthony Niño De Guzmán / GEC / Video: Justicia TV)
Redacción EC

Este miércoles se llevó a cabo la audiencia del recurso de casación interpuesto por la defensa de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, a cargo de la abogada Giulliana Loza.

En la sesión, la jueza dirimente Susana Castañeda Otsu explicó que su pronunciamiento no sería sobre los presupuestos de la prisión preventiva que cumple la excandidata presidencial, sino por el plazo de la misma.

Esto luego que Giulliana Loza afirmó que no puede defender la pretensión de una reducción de plazo debido a que lo que exige es la liberación de Fujimori Higuchi.

“Yo no puedo defender ante su sala una pretensión de 18 meses [de prisión preventiva], es imposible”, dijo la defensa.

Como respuesta, la jueza Castañeda Otsu indicó que, pese a entender la posición de la defensa de Keiko Fujimori, solo iba a pronunciarse por los plazos de la medida restrictiva.

“Usted sabe que no voy a poder, como magistrada dirimente, pronunciarme sobre los presupuestos de la prisión preventiva porque cinco votos han dicho que es conforme. Lo que vamos a ver es el plazo. Yo la entiendo, usted dice ‘jamás hemos pedido que 12, 24 o 36’, no se encuentran conformes con el plazo, por lo tanto, entiendo que no va a formular agravios respecto a la exigencia de motivación referida a la duración de la prisión preventiva”, explicó.

Como se recuerda, Castañeda Otsu deberá dirimir la situación en este caso, luego de que los cinco magistrados de la Sala Suprema Penal Permanente de la Corte Suprema no se pusieron de acuerdo respecto al pedido de Fujimori Higuchi.

En la última audiencia, los jueces Hugo Príncipe (presidente de la sala), Jorge Castañeda y Zavina Chávez concluyeron que el peligro de obstaculización, atribuido en primera y segunda instancia contra Fujimori Higuchi, decayó con el transcurso del tiempo; y que no se valoró ello al momento de determinar el plazo de prisión preventiva. Indicaron que, era necesario reducir de 36 a 18 meses el plazo.

Por su parte, los jueces supremos Iván Sequeiros e Iris Pacheco, concluyeron que no existe punto de debate ni contradicciones sobre el análisis y valoración de elementos probatorios al momento de confirmar la prisión preventiva, en ese sentido, el plazo de 36 meses es necesario según el contexto y el delito.

Giulliana Loza indicó que “en ningún momento” solicitaron la reducción del plazo de la prisión preventiva para su patrocinada ya que consideran que “no hay argumento alguno” para que Keiko Fujimori esté privada de su libertad.

“Nosotros en ningún momento hemos solicitado la reducción del plazo, en ningún momento solicitamos 18 meses o un plazo distinto y ¿sabe por qué? Porque somos firmes en considerar que no hay argumento alguno que permita que Keiko pueda estar privada de su libertad. En ningún momento dijimos 18 meses como 12 como nueve o como 13 porque consideramos que esa prisión es arbitraria”, aseveró.

En ese sentido, manifestó que “no existe motivación” en la decisión de los magistrados para mantener privada de su libertad a Fujimori Higuchi.

“No existe motivación como tampoco existe motivación en el voto de tres magistrados de por qué la señora Keiko Fujimori tiene que mantenerse presa 18 meses, como tampoco hay fundamento en el voto de dos magistrados de por qué la señora Fujimori tiene que estar privada de su libertad por 36 meses, no existe motivación”, precisó.

Loza resaltó que según el artículo 139.5 de la Constitución Política del Perú debe existir “la debida motivación” para mantener una prisión preventiva.

“¿Cómo a una persona se le puede mantener privada de su libertad simplemente porque es líder, lo dice textualmente la resolución de la sala, es líder de Fuerza Popular, entonces ella tenía que presumir, que saber, que supuestamente se habrían estado haciendo actos de obstrucción”, criticó.

Finalmente, la jueza Susana Castañeda señaló que los argumentos de la defensa no le “servirían de mucho” para tomar una posición respecto a los plazos de la prisión preventiva.

“Con lo que la escucho, para los fines a los que he sido citada, no me serviría de mucho porque los argumentos del voto de los tres jueces de la Corte Suprema es que no es lo mismo peligro de fuga que el de entorpecimiento de la actividad probatoria. No tienen la misma intensidad y el argumento de los dos señores magistrados es de que es igual entonces yo pensaba escuchar algo en relación a ese punto, pero entiendo su posición, ustedes siempre consideraron que no debería haber ningún tipo de plazo sino libertad”, precisó.

Finalizada la audiencia, la magistrada informó que comunicará su voto sobre este caso el jueves 12 de setiembre a las 3 de la tarde.